Texto de la sentencia
Veintidós - 22
“VASQUEZ YEVENES con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR. SANTIAGO
SUR”
RIT N° ES-17-00059-2014
RUC N° 14-9-0001157-2
Providencia, veintiséis de agosto de dos mil catorce.
A LOS AUTOS Certificado del Sr. Secretario del Tribunal, y en su mérito por
cumplido lo ordenado con fecha 20.08.2014.
Proveyendo derechamente al reclamo de 11.07.14, que rola a fojas 8 y
siguientes:
A LO PRINCIPAL: En mérito de la certificación del Sr. Secretario del Tribunal de
fojas 21, TÉNGASE por no cumplido lo ordenado. HÁCESE efectivo el apercibimiento
decretado en la resolución de fecha 28.07.2014 y por consiguiente, TÉNGASE por no
presentado el reclamo, para todos los efectos legales, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 125 N° 3 del Código Tributario.
AL PRIMER OTROSÍ: TÉNGASE por acompañados los documentos
individualizados.
AL SEGUNDO OTROSÍ: ESTÉSE a lo resuelto con fecha 28.07.2014, a fojas 17.
Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad.
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada. Sin
perjuicio de lo anterior, publíquese la presente resolución en la página de internet del
Tribunal y dése avisos a la dirección de correo electrónico registrada para tal efecto.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Juez Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 26-08-2014.
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c46c8cf5-d808-4a8f-b313-59afe73820b6
Timbre Electrónico
2014-08-26T16:52:17-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.