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Folium

Reclamo tributario: giro

Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-17-00086-2014 · 23 de octubre de 2014

Tribunal
Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-17-00086-2014
RUC
14-9-0001579-9
Fecha
Materia
Giro
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

. Fojas: Veintidós - 22 “PARADA RAMOS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR SANTIAGO ORIENTE” RIT N° GR-17-00086-2014 RUC N° 14-9-0001579-9 Providencia, a veintitrés de octubre de dos mil catorce. A LOS AUTOS escrito de 04.10.2014 y documentos acompañados. Proveyendo derechamente el escrito de 24.09.2014. A LO PRINCIPAL: VISTOS Y CONSIDERANDO 1°) Que, a fojas 15, comparece doña Bárbara Parada Ramos, médico veterinario, domiciliada en calle Punta Blanca N° 2183, comuna de Peñalolén, quien interpone Acción General de Reclamación Tributaria, solicitando se deje sin efecto la reliquidación que consta en el formulario 21 folio ( 007): 203637, emitido por el SII online. 2°) Que el artículo 125 del Código Tributario, en lo pertinente dispone: “La reclamación deberá cumplir con los siguientes requisitos:… 2° Precisar sus fundamentos; 3° Presentarse acompañada de los documentos en que se funde, excepto aquellos que por su volumen, naturaleza, ubicación u otras circunstancias, no puedan agregarse a la solicitud; y 4° Contener en forma precisa y clara, las peticiones que se someten a la consideración del Tribunal………Si no se cumpliere con los requisitos antes enumerados, el Juez Tributario y Aduanero dictará una resolución, ordenando que se subsanen las omisiones en que se hubiere incurrido dentro del plazo que señale el tribunal, el cual no podrá ser inferior a tres días, bajo apercibimiento de tener por no presentada la reclamación.” 3°) Que a fojas 17, el Tribunal, dando estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 125 del Código Tributario, ordenó, que la parte reclamante especificara el acto reclamado, que acompañara copia de éste y se subsanaran las omisiones en el reclamo de fecha 24.09.2014, dentro de tercero día y bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. 4°) Que, el reclamante acompaña con fecha 04.10.2014, presentación por medio de la cual cumple lo ordenado, y acompaña dos documentos, consistentes en giro y Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 23-10-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 8a727c36-9efd-49e9-b3a1-f9a9ada493d4 Timbre Electrónico . comprobante de pago de impuestos y multas, formulario 21, folio N° ( 007) : 203637; y notificación del giro y comprobante de pago de pago de impuestos y multas, formulario 21, folio N° ( 007) : 203637. 5°) Que, revisados los documentos acompañados por el reclamante y siendo éstos los mismos que rolan a fojas 12 a 14 inclusive, los que no guardan relación con el acto reclamado y, habiendo transcurrido el plazo concedido sin que se diera cumplimiento en forma íntegra a lo ordenado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del Código Tributario. SE RESUELVE: TÉNGASE POR NO CUMPLIDO LO ORDENADO. HÁCESE EFECTIVO el apercibimiento de fojas 17, TÉNGASE POR NO PRESENTADO el reclamo tributario interpuesto en contra de la reliquidación que menciona, por no haber sido acompañados los documentos fundantes del reclamo. AL PRIMER OTROSÍ: Estése a lo resuelto. AL SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder conferido.. Notifíquese a la reclamante por carta certificada a la dirección designada. Sin perjuicio de lo anterior, publíquese la presente resolución en la página de internet del Tribunal. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Proveyó doña Dora Bastía Santander, Juez Titular del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Dora Luisa Bastía Santander Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 23-10-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 8a727c36-9efd-49e9-b3a1-f9a9ada493d4 Timbre Electrónico 2014-10-23T16:02:08-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.