Texto de la sentencia
Fojas: diecinueve - 19
“CENTRO DE EVENTOS Y RESTAURANT DE TURISMO S.A. CON SERVICIO DE
IMPUESTOS INTERNOS XV DR SANTIAGO ORIENTE”
RUC: 15-9-0000151-4
RIT: ES-17-00006-2015
Providencia, a dos de junio de dos mil quince.
En virtud de lo dispuesto en la artículo 84 del Código de Procedimiento Civil en relación
con el artículo 148 del Código Tributario y habiéndose encontrado error en la foliación. Corríjase
desde la resolución de fecha 12.05.2015, que rola a fojas 15 quedando lo anterior entre paréntesis.
A LOS AUTOS Certificado del Sra. Secretaria (S) del Tribunal, y en su mérito por
cumplido lo ordenado con fecha 12.05.2015.
En mérito de la certificación del Sra. Secretaria (S) del Tribunal de fojas 18, HÁCESE
efectivo el apercibimiento decretado en la resolución de fecha 12.02.2015 y por consiguiente,
TÉNGASE por no presentado el reclamo, para todos los efectos legales.
Proveyendo la presentación de fecha 16.01.2015, que rola a fojas 13:
Estése al mérito de lo resuelto precedentemente.
Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad.
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada. Sin perjuicio
de lo anterior, publíquese la presente resolución en la página de internet del Tribunal y dése avisos a
la dirección de correo electrónico registrada para tal efecto.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Juez Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 02-06-2015.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
0591f7ec-a401-4bf4-9ed8-17cbde078b5f
Timbre Electrónico
2015-06-02T13:06:51-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.