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Reclamo tributario: liquidación

Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-17-00277-2015 · 22 de marzo de 2018

Tribunal
Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-17-00277-2015
RUC
15-9-0001140-4
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

MTA ADIDAS AG y otros con SII DIRECCIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES. RUC: 15-9-0001140-4 RIT: GR-17-00277-2015 En Providencia, a veintidós de marzo de dos mil dieciocho. Proveyendo el escrito de 16.03.2018: TÉNGASE por acompañada la lista de testigos que indica. ESTESE al mérito de lo que se resolverá a continuación. Resolviendo derechamente la presentación de fecha 20.03.2018: A LO PRINCIPAL: VISTOS: Que con fecha 20.03.2018 se dedujo desistimiento por parte de la reclamante, ADIDAS AG. CONSIDERANDO: El mérito de los antecedentes que constan en el proceso, especialmente las facultades que poseen los apoderados de la reclamante. Y TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto en el artículo 148 del Código Tributario y 89, 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, RESUELVO: HA LUGAR, TÉNGASE por DESISTIDO el reclamo de autos. DÉJESE sin efecto la audiencia de prueba testimonial correspondiente al término especial de prueba fijado por resolución de fecha 14.03.2018. AL OTROSÍ: TÉNGASE presente la personería y por acompañados los documentos que indica. Documento firmado electrónicamente por don/ña Álvaro Ernesto Gómez Fuentes, el 22-03-2018. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 122dac44-85eb-4308-84c7-b1b5aaf7b823 Timbre Electrónico NOTIFÍQUESE a la reclamante por medio de carta certificada según lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 131 bis del Código Tributario. NOTIFÍQUESE al Servicio de Impuestos Internos mediante su publicación en el sitio en Internet del Tribunal. En su oportunidad, CERTIFÍQUESE y ARCHÍVESE. DESE AVISO a las partes del hecho de haberse dictado una resolución, a las direcciones de correos electrónicos registradas para tales efectos. Proveyó don ÁLVARO GÓMEZ FUENTES, Juez Subrogante del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autorizó don MIGUEL ÁNGEL TAPIA ARAYA, Secretario Abogado Subrogante del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Álvaro Ernesto Gómez Fuentes Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez(S) Tribunal R. Metropolitana. Tercero Documento firmado electrónicamente por don/ña Álvaro Ernesto Gómez Fuentes, el 22-03-2018. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 122dac44-85eb-4308-84c7-b1b5aaf7b823 Timbre Electrónico 2018-03-22T13:05:12-0300 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.