Texto de la sentencia
MGG
COX Y SANZ LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DIRECCION REGIONAL STGO NORTE
RUC : 20-9-0000705-2.
RIT : GR-17-00050-2020.
En Providencia, a diecinueve de febrero de dos mil veintiuno.
Atendido el mérito de los antecedentes que obran en estos autos: Téngase por no cumplido lo
ordenado con fecha 02.11.2020.
Resolviendo derechamente el escrito de 17.10.2020 presentado mediante la Oficina
Judicial Virtual (OJV) por don Matías Cox Oelckers, recepcionado por este Tribunal con
igual fecha, según certifican documentos que se anexan por la OJV:
En mérito de lo resuelto previamente y lo dispuesto en el artículo 64 del Código de
Procedimiento Civil, aplicable según remisión contenida en el artículo 148 del Código
Tributario, HÁCESE efectivo el apercibimiento decretado en resolución de 02.11.2020:
TÉNGASE POR NO PRESENTADO EL RECLAMO DE 17.10.2020 del contribuyente COX Y
SANZ LIMITADA.
Teniendo en consideración la escasa información aportada al proceso, téngase presente el
siguiente domicilio para los efectos de practicar las notificaciones legales: Los Libertadores
N° 35 comuna de Colina. Región Metropolitana.
NOTIFÍQUESE a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 19-02-2021.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
7c12c3e6ea474174a9f13791d0e0ce98
Timbre Electrónico
Notifíquese al Servicio de Impuestos Internos Dirección de Grandes Contribuyentes
mediante su publicación en el sitio de internet del Tribunal y dése aviso a los correos
electrónicos registrados para tales efectos.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Jueza Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario
y Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 19-02-2021.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
7c12c3e6ea474174a9f13791d0e0ce98
Timbre Electrónico
2021-02-19T16:35:58-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.