Texto de la sentencia
MGG
TRANSBANK S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN DE
GRANDES CONTRIBUYENTES
RUC : 21-9-0000054-1.
RIT : VD-17-00004-2021.
En Providencia, a veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno.
Por ingresado a mi despacho con esta fecha:
Al escrito de 23.11.2021, presentado mediante la Oficina Judicial Virtual (OJV) por apoderado
de la parte reclamante con poder suficiente según da cuenta certificado de 03.02.2021 y
resolución de 05.02.2021, recepcionado ante este Tribunal con fecha 23.11.2021 según
acreditan documentos que se anexan por la OJV:
Teniendo en consideración el estado procesal del caso de marras, específicamente la resolución
dictada con fecha 23.11.2021 que citó a las partes a oír sentencia, lo dispuesto en el artículo
433 del Código de Procedimiento Civil, aplicable según remisión contenida en el artículo 2 del
Código del Ramo, y el hecho de no haber concurrido la reclamante a la audiencia de conciliación
celebrada con fecha 22.11.2021 en donde bien pudo haber manifestado lo que en derecho
corresponde evitando dilaciones innecesarias en el proceso, este Tribunal resolverá por esta
vez como a continuación se señala:
A LO PRINCIPAL: Como se pide. TÉNGASE por desistida a la reclamante del reclamo de
fecha 21.01.2021, deducido en contra de la Resolución Ex. SII Nº 176 de fecha 31 de diciembre
de 2020, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos
Internos.
CONFÍRMASE el acto reclamado
AL PRIMER OTROSÍ: Téngase presente.
AL SEGUNDO OTROSÍ: Ténganse por acompañados los documentos individualizados.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 25-11-2021.
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91df6dde2145499c8341a960b95b71dd
Timbre Electrónico
AL TERCER OTROSÍ: Estése a lo resuelto.
NOTIFÍQUESE a la parte reclamante por carta certificada a la dirección designada.
Notifíquese a la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos
Internos mediante su publicación en el sitio de internet del Tribunal y dése aviso a los correos
electrónicos registrados para tales efectos.
Proveyó doña Dora Bastía Santander, Jueza Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Autorizó don Álvaro Gómez Fuentes, Secretario Titular del Tercer Tribunal Tributario y
Aduanero de la Región Metropolitana.
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Documento firmado electrónicamente por don/ña Dora Luisa Bastía Santander, el 25-11-2021.
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Timbre Electrónico
2021-11-25T15:06:35-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.