Texto de la sentencia
Avm.-
FIREFLY SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO ORIENTE
RIT N° : GR-17-00141-2023
RUC N° : 23-9-0000730-7
En Providencia, a veinticinco de enero de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
El escrito de 02.08.2023, en que comparece don Rafael Valdivieso Ruiz-Tagle, abogado,
en representación convencional de la sociedad FIREFLY SpA, RUT N°76.119.533-6, del giro
de su denominación, domiciliada en Avenica El Golf N°99, oficina 701, comuna de Las Condes,
Región Metropolitana, quien deduce reclamo tributario en Procedimiento General de
Reclamación en contra del Giro Folio 8734643, emitido por el período tribuario diciembre de
2023 según lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N°21.420, por el monto de $58.445.416.-,
emanado de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SERVICIO DE
IMPUESTOS INTERNOS, representado en autos por su Directora Regional doña María José
Castillo Vejar, ambos domiciliados en calle General del Canto N°281, piso 5, oficina 503,
comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rola en autos el comprobante de distribución de causa; escrito de reclamo y
documentos fundantes acompañados; resolución del tribunal que ordenó cumplir ciertos
requisitos, previo a proveer, con su notificación; escrito de cumplimiento de lo ordenado;
resolución del tribunal en que, entre otras, tuvo por interpuesto el reclamo y confirió traslado al
Servicio de Impuestos Internos (SII), debidamente notificada; escrito en que se asumió la
representación del SII y otro mediante el cual se evacuó el traslado conferido allanándose
totalmente a las pretensiones de la actora; y resolución que lo proveyó, debidamente notificado.
Otra presentación de la reclamante debidamente proveída y notificada.
Resolución mediante la cual, de acuerdo al mérito de los antecedentes y el estado
procesal de la causa, el tribunal citó a las partes a oír sentencia.
Con lo relacionado y,
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Timbre Electrónico
Avm.-
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que, en el escrito de 02.08.2023, compareció don Rafael Valdivieso Ruiz-
Tagle, en representación convencional de la sociedad FIREFLY SpA, RUT N°76.119.533-6, del
giro de su denominación, domiciliada en Avenica El Golf N°99, oficina 701, comuna de Las
Condes, Región Metropolitana, quien dedujo reclamo tributario en Procedimiento General de
Reclamación en contra del Giro Folio 8734643, emitido por el período tribuario diciembre de
2023 según lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N°21.420, por el monto de $58.445.416.-,
emanado de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SERVICIO DE
IMPUESTOS INTERNOS, representado en autos por su Directora Regional doña María José
Castillo Vejar, ambos igualmente individualizados con antelación.
SEGUNDO: Que, evacuando el traslado conferido el Servicio de Impuestos Internos, se
allanó expresamente a todas las pretensiones de la reclamante en orden a dejar sin efecto el
giro reclamado.
TERCERO: Que, con base en el mérito del proceso y especialmente lo señalado por el
Servicio reclamado, al tenor de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 132 del Código
Tributario, se acogerá íntegramente el reclamo.
CUARTO: Que, en virtud de lo que se viene razonando y normas legales citadas, se
acoge íntegramente el reclamo, se tiene por allanado al SII totalmente a las pretensiones del
reclamo y, por consiguiente, se dejan sin efecto el Giro Folio 8734643, emitido por el período
tribuario diciembre de 2023 según lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N°21.420, por el monto
de $58.445.416.-, emanados de la XV DRM Santiago Oriente del SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS.
Y VISTOS, además, lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de
la República; el artículo 132 del Código Tributario; la Ley N°19.880; y, demás normas legales
pertinentes,
RESUELVO:
HA LUGAR al reclamo de 02.08.2023.
DÉJASE sin efecto el Giro Folio 8734643, emitido por el período tribuario diciembre
de 2023 según lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N°21.420, por el monto de
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Avm.-
$58.445.416.-, emanados de la XV DRM Santiago Oriente del SERVICIO DE
IMPUESTOS INTERNOS
INFÓRMESE por el Servicio de Impuestos Internos acerca del cumplimiento de lo
resuelto en la presente sentencia.
COMUNÍQUESE a la Tesorería General de la República de lo resuelto en la presente
sentencia. OFÍCIESE al efecto.
DECLÁRASE que, según ordena el inciso primero del artículo 132 del Código Tributario,
no se condena en COSTAS a la parte reclamada.
NOTIFÍQUESE por carta certificada a la sociedad FIREFLY SpA, RUT N°76.119.533-6,
al domicilio designado en autos, esto es, aquel emplazado en El Golf N°99, piso 7, comuna de
Las Condes, Región Metropolitana, y a la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente
del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, por el sitio de internet del Tribunal.
DÉSE aviso de haberse dictado sentencia a los correos electrónicos registrados para
tales efectos.
REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE en su oportunidad.
RUC: 23-9-0000730-7/ RIT: GR-17-00141-2023
Dictada por doña DORA BASTÍA SANTANDER, Jueza Titular del Tercer Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
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Avm.-
Autorizada por don ÁLVARO GÓMEZ FUENTES, Secretario Titular del Tercer Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.//
Cuantía Neta UTM
959,78
Multa UTM
0
Reajuste UTM
0
Intereses UTM
0
Cuantía Bruta UTM
959,78
Dora Luisa Bastía Santander
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Tercero
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Timbre Electrónico
2024-01-25T10:45:06-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.