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Reclamo aduanero: cargos

Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá · RIT GR-02-00003-2010 · 18 de febrero de 2010

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá
RIT
GR-02-00003-2010
RUC
10-9-0000009-5
Fecha
Materia
Cargos
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
No presentado

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Iquique, dieciocho de febrero de dos mil diez. Atendido que el libelo de fecha 11 de febrero de 2009, de fojas 1, al no venir patrocinado por letrado habilitado para el ejercicio de la profesión, patrocinio que le es exigible toda vez que el reclamo tiene una cuantía superior a las 32 Unidades Tributarias Mensuales, no ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el inciso IV, del artículo 122º, de la Ordenanza de Aduanas, en relación con el artículo 1º de la Ley 18.120 que Establece Normas sobre Comparecencia en Juicio y artículo 4º, del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: TENGASE POR NO PRESENTADA LA RECLAMACIÓN de autos para todos los efectos legales. Notifíquese por carta certificada a don PEDRO CHAMORRO TAPIA y a la empresa IMPORTADORA Y EXPORTADORA YINYU LTDA. Se asigna a RIT: GR-02-00003-2010. Proveyó don: Mario Guzmán Cortés Juez titular del Tribunal Tributario y Aduanero Región de Tarapacá. 2010-02-18T17:10:24-0300 Mario Segundo Guzman Cortes

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.