Saltar al contenido
Folium

Vulneración de derechos: artículo 19 N° 21 de la Constitución

Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá · RIT VD-02-00008-2018 · 30 de mayo de 2018

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá
RIT
VD-02-00008-2018
RUC
18-9-0000333-8
Fecha
Materia
Artículo 19 N° 21 de la Constitución
Servicio
Servicio Nacional de Aduanas
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Veinticinco -25- Iquique, treinta de mayo de dos mil dieciocho. Proveyendo escrito de fs.19: A LO PRINCIPAL: TÉNGASE por evacuado el traslado de fs. 17; AL PRIMER y SEGUNDO OTROSÍ: TÉNGASE Presente; AL TERCER OTROSÍ: COMO se pide. Resolviendo derechamente el desistimiento de la reclamante de fs. 16: CONSIDERANDO: El mérito de los antecedentes, el desistimiento expreso del reclamante y su aceptación por la reclamada. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en los artículos 148° y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: HA LUGAR, TÉNGASE por DESISTIDA a la reclamante del reclamo de fs. 1 de autos, sin costas por haber sido aceptado por ADUANAS. NOTIFÍQUESE al reclamante por CARTA CERTIFICADA y a la reclamada mediante su publicación en el sitio en Internet de este Tribunal. REGÍSTRESE y en su oportunidad ARCHÍVESE. DÉJESE testimonio y DÉSE aviso. NOTIFÍQUESE. DESE aviso. DÉJESE testimonio. RUC: 18-9-0000333-8 RIT: VD-02-00008-2018 PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ DON MARIO GUZMÁN CORTÉS. AUTORIZA EL SECRETARIO (S) DON GONZALO BERNAL VÁSQUEZ. MGC/gbv Mario Segundo Guzman Cortes Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal Tarapacá Documento firmado electrónicamente por don/ña Mario Segundo Guzman Cortes, el 30-05-2018. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación a2ca0911-357e-4b55-a766-00d82b959c82 Timbre Electrónico 2018-05-30T13:26:22-0400 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.