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Reclamo de avalúo: modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola

Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT AB-14-00032-2022 · 2 de mayo de 2022

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
RIT
AB-14-00032-2022
RUC
22-9-0000196-7
Fecha
Materia
Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Inadmisible

Normas que aplica

Texto de la sentencia

Valparaíso, dos de mayo de dos mil veintidós. PROVEYENDO A FOJAS 54: ESTESE al mérito de lo que se proveerá a continuación. PROVEYENDO DERECHAMENTE EL RECLAMO DE FOJAS 1 Y SIGUIENTES: CONSIDERANDO: 1. Que a fojas 54, la reclamante precisa que su reclamo no es en contra de las Resoluciones que menciona en su libelo y que modificaron individualmente el avalúo de los inmuebles de autos, sino en contra de una “tasación general” a partir de una asignación de roles en trámite. 2. Que al respecto, el artículo 149 del Código Tributario señala que “dentro de los ciento ochenta días siguientes a la fecha de término de exhibición de los roles de avalúo los contribuyentes y las Municipalidades respectivas podrán reclamar del avalúo que se haya asignado a un bien raíz en la tasación general. De esta reclamación conocerá el Tribunal Tributario y Aduanero.” 3. Que, por su parte, la Ley N°17.235 señala en su artículo 1°: “Establécese un impuesto a los bienes Raíces, que se aplicará sobre el avalúo de ellos, determinado de conformidad con las disposiciones de la presente ley.” 4. Que la misma Ley establece en su artículo 3° que: “El Servicio de Impuestos Internos deberá reavaluar, cada 4 años, los bienes raíces agrícolas y no agrícolas sujetos a las disposiciones de esta ley, aplicándose la nueva tasación, para cada serie, simultáneamente a todas las comunas del país.” 5. Que los últimos dos Procedimientos Generales de Reavalúos de Bienes Raíces No Agrícolas o tasaciones generales de esta serie, se realizaron en el año 2018 y en el presente año 2022, este último aún en proceso. 6. Que el reclamo en contra del reavalúo del año 2018 o “tasación general” del referido año es extemporáneo, pues ya vencieron los 180 días para reclamar desde la exhibición de roles en la respectiva Municipalidad, realizada en el año 2018. 7. Que, a su vez, el reclamo en contra del reavalúo del año 2022 “tasación general” del referido año también es extemporáneo, pues a la fecha de la presentación del reclamo, aún no se han terminado de exhibir los roles en la I Municipalidad de Valparaíso de este Procedimiento General de reavalúo, fecha fijada recién para el 27.05.2022, lo que así se declarará. 8. Que lo anterior es sin perjuicio del derecho que tiene el contribuyente a presentar nuevamente, dentro del plazo establecido en el artículo 149 del Código Tributario, esto es, dentro de los 180 días siguientes a la fecha de término de la exhibición de los roles de avalúo en la Municipalidad respectiva, una reclamación en contra del avalúo determinado en el Procedimiento General de avalúo de bienes raíces no agrícolas del año 2022, para impugnar la referida tasación efectuada por el Servicio de Impuestos Internos respecto de los inmuebles de su propiedad. Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 02-05-2022. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 9c836363eced49f3a90fdca477db586c Timbre Electrónico SE RESUELVE: DECLÁRESE INADMISIBLE el RECLAMO de fojas 1 y siguientes POR EXTEMPORANEO. NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE y, en su oportunidad, CERTIFÍQUESE y ARCHÍVESE. DÉJESE testimonio. DESE aviso. RUC : 22-9-0000196-7 RIT : AB-14-00032-2022 PRONUNCIADA POR EL JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE VALPARAÍSO DON MARCELO VALDOVINOS RIOS. AUTORIZA LA SECRETARIA ABOGADA TITULAR DOÑA LILY PAOLA FELIÚ AZZAR. MRV/PFA/CBC DISTRIBUCION: -Expediente. -Reclamante -Libro de sentencias Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal de Valparaiso Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 02-05-2022. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 9c836363eced49f3a90fdca477db586c Timbre Electrónico 2022-05-02T16:56:43-0400 FEA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.