Reclamo tributario: giro
Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso · RIT GR-14-00089-2023 · 11 de abril de 2024
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso
- RIT
- GR-14-00089-2023
- RUC
- 23-9-0000882-6
- Fecha
- Materia
- Giro
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Conciliación
Normas que aplica
Texto de la sentencia
AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN (RUC 23-9-0000882-6)
GONZALO PATRICIO HERRERA SANDOVAL
RUT N°18.297.930-9
En la ciudad de Valparaíso, República de Chile, a once de abril de dos
mil veinticuatro, siendo el día y hora fijado a fojas 33, se lleva a efecto la audiencia
de conciliación por vía remota, en presencia del Juez Titular del Tribunal Tributario y
Aduanero de Valparaíso, don Marcelo Alejandro Valdovinos Rios, y del ministro
de fe, don Guillermo Bastías Vera.
Comparece, por la parte reclamante GONZALO PATRICIO
HERRERA SANDOVAL, RUT 18.297.930-9, su apoderado, el abogado don Rafael
Antonio Martínez Cohen, RUT N°8.589.690-3; y por la parte reclamada, SERVICIO
DE IMPUESTOS INTERNOS V DIRECCIÓN REGIONAL DE VALPARAÍSO, el
abogado don Franco Alejandro Ramírez Donoso, RUT 15.080.544-9, todos ya
debidamente individualizados en autos.
Que habiendo escuchado previamente el Tribunal a las partes y
teniendo en especial consideración los argumentos esgrimidos por ambas y lo
manifestado por la reclamada en orden a que del simple análisis comparativo de los
giros con la liquidación es posible visualizar que en el giro que el contribuyente
individualiza como N°1, ocurrió un error aritmético, totalmente subsanable, girándose
la suma de dos conceptos netos, por lo que el “giro N°2” por concepto de reintegro,
se encuentra contenido en el “giro N°1”.
Asimismo, resulta improcedente la aplicación de la multa de
$1.899.320 por aplicación del artículo 97 N°11 del Código Tributario, debido a que al
reintegro solicitado por el Servicio le es aplicable la regla contenida en el artículo 97
de la ley de Impuesto a la Renta, quedando vigente solamente el monto del reintegro
(monto neto),más los reajustes de los incisos 1° y 3° del artículo 53 del Código
Tributario. Por lo que se proponen las siguientes bases de arreglo:
Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 11-04-2024.
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Timbre Electrónico
Que, como consecuencia de lo anterior, se propone la conciliación total
en la presente causa en los términos antes detallados.
RESULTADO:
Las partes, debidamente representadas con facultades suficientes,
aceptan las bases de arreglo propuestas por el Tribunal.
Atendido lo obrado en la presente audiencia y conforme lo dispuesto
en el artículo 132 bis del Código Tributario, se deja constancia de los fundamentos
de hecho y de derecho de las Bases de arreglo propuestas por el Tribunal y de su
aceptación por las partes del proceso.
Se deja constancia que cada parte se hace cargo de sus costas, y que
renuncian a los recursos que pudiesen existir para impugnar la resolución que
aprueba esta conciliación.
Entiéndase notificadas con esta fecha las partes en forma personal de
la presente acta de conciliación total.
Acto Reclamado Giros N°1 por $6.982.866 y N°2 por $2.762.245,
ambos con folio 242114819-0 que fueron notificados
mediante carta certificada enviada el 28 de agosto de
2023.
Materia Conciliable Dejar sin efecto el “giro N°2”, por la suma total de
$8.552.961, y mantener el “giro N°1”, por la suma total de
$16.245.359, toda vez que el “giro N°2” se encuentra
contenido en el “giro N°1”.
Asimismo, dejar sin efecto la aplicación de la multa
de $1.899.320 por aplicación del artículo 97 N°11 del
Código Tributario, al reintegro solicitado por el
Servicio, quedando vigente solamente el monto del
reintegro (monto neto), más los reajustes e intereses
de los incisos 1° y 3° del artículo 53 del Código
Tributario, los que se condonaran en un 90%, por
parte del Director Regional del Servicio de Impuestos
Internos.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos, el 11-04-2024.
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Timbre Electrónico
Con lo obrado se pone término a la Audiencia de Conciliación, siendo
las 10:20 horas.
Certificación Ministro de fe: Certifico la comparecencia de los abogados don Rafael
Antonio Martínez Cohen, RUT N°8.589.690-3; y don Franco Alejandro Ramírez
Donoso, RUT 15.080.544-9, a la presente audiencia efectuada vía remota.
Valparaíso, once de abril de dos mil veinticuatro. Ministro de fe.
DISTRIBUCIÓN:
-Expediente
-Libro de sentencias
Cuantía Neta UTM
153,43
Multa UTM
0
Reajuste UTM
46,84
Intereses UTM
190,16
Cuantía Bruta UTM
390,43
Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal de Valparaiso
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Timbre Electrónico
2024-04-11T11:35:34-0400
LILY FELIU AZZAR
2024-04-11T13:37:13-0400
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.