Contraloría General de la República · N° 030087N12
Dictamen N° 30.087, de 23 de mayo de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 30.087 Fecha: 23-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Marcil Valdivia Araya, funcionaria de la Subsecretaría del Interior, con desempeño en la Gobernación de Cordillera, para reclamar de las anotaciones de demérito que le fueron aplicadas, y que, a su juicio, incidirían en la rebaja de su calificación. En sus respectivos informes, la aludida Subsecretaría y la Intendencia de la Región Metropolitana, expresan que, efectivamente, la Junta Calificadora al adoptar su acuerdo tuvo en cuenta, entre otros antecedentes, las mencionadas anotaciones. Ahora, en cuanto a la falta de notificación de aquéllas, lo que, según la recurrente, afectó su derecho a defensa, cabe señalar que de los antecedentes examinados se advierte que la solicitante tomó conocimiento de las mismas, negándose a firmar, por lo que se procedió a notificarlas mediante carta certificada. Por otro lado, es dable tener presente que la peticionaria reclamó en contra de las mismas a través del recurso de apelación interpuesto en contra de su calificación, lo que fue rechazado por no ser esa la vía para impugnarlas. En efecto, según lo prescrito en los artículos 44 y 45 de la ley N° 18.834, quienes son objeto de una anotación de demérito, pueden requerir al jefe directo que ella sea dejada sin efecto, y si éste rechaza tal petición, debe dejarse constancia de esa solicitud en la respectiva hoja de vida. Enseguida, en cuanto a la rebaja en el subfactor “Relaciones Interpersonales y Atención de Usuarios”, corresponde indicar que, en los antecedentes acompañados, consta que ella se encuentra debidamente fundamentada. De acuerdo con lo expuesto, se desestima el reclamo de la señora Valdivia Araya. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 030087N12, de 23 de mayo de 2012.
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