Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 008376N10

Dictamen N° 8.376, de 12 de febrero de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 8.376 Fecha: 12-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Marta Irene Sepúlveda Rosales y, en presentación separada, doña María Elena Barría García, ambas funcionarias del Hospital del Salvador, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, para requerir la reliquidación de las horas extraordinarias con motivo del encasillamiento efectuado en virtud de la ley N° 20.209. Como cuestión previa, cabe señalar que se solicitó informe al referido Servicio, el que, a la fecha no ha sido evacuado, razón por la cual, y dado el tiempo transcurrido, este Órgano de Control emitirá el presente pronunciamiento sin dicho antecedente. Sobre el particular, cabe señalar que el proceso de encasillamiento dispuesto por la citada ley N° 20.209, no hace procedente la reliquidación retroactiva de las remuneraciones accidentales que se hayan devengado en el período comprendido entre la fecha desde la cual rige el nuevo ordenamiento y la data con que se materializó el mismo, tal como se indica, entre otros, en el oficio N° 68.883, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora. Enseguida, es menester indicar, en armonía con la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N os 21.104, de 1994, 20.411, de 1995 y 56.591, de 2009, que la retroactividad establecida para nuevos ordenamientos derivados de procesos de encasillamientos, como la dispuesta por el artículo 6° del D.F.L. N° 32, de 2008, del Ministerio de Salud -que fijó la planta de personal del Servicio de Salud Metropolitano Oriente-, no puede significar la reliquidación de diferencias por concepto de horas extraordinarias devengadas y percibidas en el lapso pertinente, dado que el mencionado efecto es de derecho estricto, de modo que su alcance a materias remuneracionales sólo puede emanar de la ley, lo que no sucede en la especie. Atendido lo anterior, es dable concluir que no resulta procedente el pago retroactivo reclamado por las interesadas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 008376N10, de 12 de febrero de 2010.

Más sobre Jornada, Horas Extraordinarias y Teletrabajo

  • 13 de julio de 2026

    Dictamen N° OF133018

    La Contraloría concluye que no procede sancionar al funcionario municipal condenado a inhabilitación perpetua, pues la jurisprudencia vigente al momento de su condena impedía aplicar esa pena accesoria, y tampoco advierte irregularidades en el pago de horas extraordinarias.

  • 23 de junio de 2026

    Dictamen N° D337

    El dictamen concluye que el personal civil de ASMAR no puede acogerse al régimen excepcional de jornada del artículo 22 ni al teletrabajo del Código del Trabajo, por ser empresa pública sin habilitación legal expresa; solo excepcionalmente procede como ajuste razonable por discapacidad.

  • 19 de junio de 2026

    Dictamen N° D335

    La Contraloría concluye que el decreto alcaldicio N° 612, de 2025, de la Municipalidad de María Pinto no se ajusta a derecho, pues otorga una jornada de autocuidado general y automática no prevista en la ley N° 18.883, debiendo dejarlo sin efecto o reconducirlo a los permisos del artículo 108 de dicho cuerpo legal.

Todos los pronunciamientos sobre Jornada, Horas Extraordinarias y Teletrabajo

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium