Contraloría General de la República · N° 091609N15
Dictamen N° 91.609, de 18 de noviembre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 91.609 Fecha: 18-XI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Eusebia Aranda Moya, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, para solicitar la revisión de la suma que le fue pagada por ese organismo con ocasión del bono de retiro voluntario que contempla la ley N° 20.612, respecto a lo cual, la aludida institución señala, en síntesis, que procedió a efectuar las operaciones que determinaron el monto que se enteró a la recurrente de la manera que esa normativa indica. Sobre el particular, cabe expresar que el artículo 1° de la ley N° 20.612, concede a los funcionarios que indica una bonificación por retiro voluntario equivalente a un mes de remuneración imponible por cada año de servicio y fracción superior a seis meses prestados a alguno de los organismos a que alude, con un máximo de once meses. Por su parte, el artículo 4° del citado texto normativo previene, en lo pertinente, que la base de cálculo para la determinación del beneficio en estudio será la que resulte del promedio de remuneraciones mensuales imponibles que le haya correspondido al trabajador durante los doce meses inmediatamente anteriores al retiro, actualizadas según el Índice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas. Pues bien, considerando lo expuesto y que la interesada hizo efectiva su renuncia a contar del 31 de marzo de 2015, se ha podido determinar que le correspondía percibir la cantidad de $10.427.582 por la bonificación de que se trata, existiendo un saldo a favor de la peticionaria que asciende a la suma de $65.076, que esa institución deberá enterarle a la brevedad. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 091609N15, de 18 de noviembre de 2015.
Más sobre Bonificaciones por Retiro y Bono Post Laboral
-
La Contraloría concluye que la Secretaria Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, aunque formalmente de exclusiva confianza, puede recibir las bonificaciones por retiro de las leyes N° 19.882 y N° 20.948, aplicando una excepción a la regla general, por sus rasgos de estabilidad y continuidad.
-
La Contraloría concluye que no es ajustado a derecho que la Corporación Municipal de La Florida celebre acuerdos para calcular la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.919 usando las remuneraciones a la fecha de término de la relación laboral, pues la ley exige el promedio de los doce meses anteriores a la renuncia voluntaria.
-
La Contraloría concluye que la exfuncionaria no puede acceder al incentivo al retiro de la ley N° 21.135 porque falleció antes de que se produjera el cese por invalidez, por lo que el beneficio no entró a su patrimonio y no es heredable.
Todos los pronunciamientos sobre Bonificaciones por Retiro y Bono Post Laboral
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.