Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 075494N10

Dictamen N° 75.494, de 15 de diciembre de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 75.494 Fecha: 15-XII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Francisco Muñoz Olivares, ex funcionario del Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el expediente jubilatorio del interesado, manifiesta, en síntesis, que el aludido beneficio se encuentra correctamente determinado, agregando que al peticionario se le pagó, con fecha 28 de mayo de 2010, por una sola vez, la suma de $ 7.374.559.-, por concepto de diferencias acumuladas, por el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2003 y el 30 de junio de 2010. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que por medio de la resolución N° 165, de 2008, del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del recurrente y se le concedió una pensión no contributiva, por gracia, por la suma inicial mensual de $ 110.479.-, a contar del 1 de noviembre de 2003, calculada, al tenor de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234, en relación al grado 22 de la E.U.S. Enseguida, a través del oficio N° 22.868, de 2009, este Organismo Contralor, atendiendo una solicitud del señor Muñoz Olivares, concluyó que procedía reliquidar el referido beneficio no contributivo, acorde con lo previsto en el inciso sexto del artículo 12 de la antedicha Ley de Exonerados Políticos, sobre la base del grado 9 del anotado ordenamiento remuneratorio, que corresponde asignar al cargo que desempeñaba al 11 de septiembre de 1973, esto es, Jefe Zonal de Departamento, 3 a Categoría, del anotado Instituto de Desarrollo Agropecuario, aplicando, asimismo, el método especial de cálculo establecido en el artículo 132 del D.F.L. N° 338, de 1960, en relación con la letra b) del artículo 2° de la ley N° 18.263. En cumplimiento de esa instrucción, se dictó la resolución N° 804, de 2010, del Ministerio del Interior, que fijó el monto del beneficio en comento en $ 198.609.-, desde el 1 de noviembre de 2003, documento cursado por esta Entidad de Control, el 13 de abril de 2010, por ajustarse a la normativa que regula la materia y a lo resuelto en el antedicho oficio N° 22.868, de 2009. En este sentido, resulta necesario destacar que ha incidido en el valor de la prestación de que se trata el escaso tiempo acreditado por el señor Muñoz Olivares, para estos efectos, como quiera que sólo reúne 3 años y 22 días de servicios efectivos, de los cuales 1 año, 3 meses y 22 días se encuentran registrados en la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, 1 año y 9 meses en el ex Servicio de Seguro Social, más el 75% del tiempo transcurrido entre la data de la exoneración y marzo de 1990, que, en este caso, asciende a 11 años, 11 meses y 27 días, totalizando 15 años y 19 días de servicios computables. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que la jubilación no contributiva de que es titular el señor Muñoz Olivares, se encuentra correctamente determinada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 075494N10, de 15 de diciembre de 2010.

Más sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias

  • 11 de febrero de 2025

    Dictamen N° E22701

    La pensión no contributiva por gracia debe solicitarse dentro de dos años desde el fallecimiento del causante y su saldo insoluto prescribe a los cinco años. La sucesión tiene derecho al pago solo de las mensualidades de los cinco años anteriores al fallecimiento.

  • 28 de enero de 2025

    Dictamen N° E14328

    La Contraloría concluye que, como titular de una pensión por gracia de la ley N° 19.234 superior a la PGU, no procede otorgarle esta última; pero si renuncia a esa pensión y opta por su jubilación del régimen previsional común, podría acceder a la PGU completa.

  • 23 de agosto de 2024

    Dictamen N° E531308

    La Contraloría rechaza el recurso de revisión de Sandor Arancibia porque no invoca ninguna causal legal y solo discrepa de la interpretación del oficio N° E211.766, de 2022, que negó reliquidar su pensión no contributiva incluyendo la asignación de responsabilidad superior.

Todos los pronunciamientos sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium