Contraloría General de la República · N° 055468N15
Dictamen N° 55.468, de 10 de julio de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 55.468 Fecha: 10-VII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Huechuraba, solicitando un pronunciamiento que determine si, no obstante la oposición del concejo municipal, corresponde realizar el pago a que fue condenada a través de la sentencia -ejecutoriada- recaída en el juicio ejecutivo seguido ante el 10° Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol N° C-17.146-2014, toda vez que el monto a que asciende, excedería el marco presupuestario vigente al respecto. Requerida al efecto, la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda informó, en lo que importa, que el ente edilicio posee autonomía financiera en la administración de sus recursos, y goza de la facultad tanto de aprobar su presupuesto como de reformarlo, por lo que deberá arbitrar las medidas tendientes a practicar las modificaciones que se precisen para tal propósito. Sobre el particular, y conforme a los antecedentes tenidos a la vista, en especial el escrito presentado conjuntamente por las partes litigantes con fecha 10 de abril de 2015, ante el tribunal que conoce la citada causa Rol N° C-17.146-2014, consta el pago realizado por la Municipalidad de Huechuraba a la demandante Constructora DIMAR Limitada. Asimismo, del decreto N° 927, de 2015, de la citada entidad edilicia, aparece que esta efectuó la modificación presupuestaria requerida para solventar el aludido entero. En este contexto, advirtiendo que la recurrente ya ha pagado los montos a que fue condenada por la sentencia de que se trata, este Organismo de Control entiende que se ha superado la situación que motiva la consulta. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que, en conformidad con el criterio contenido en los dictámenes N°s. 47.619 y 62.690, ambos de 2012, resulta obligatorio que tanto el alcalde como el respectivo concejo municipal, efectúen todas las modificaciones presupuestarias necesarias para introducir las correcciones que se requieran con la finalidad de evitar los déficit advertidos durante el ejercicio pertinente, y cumplir lo ordenado en una sentencia judicial. Transcríbase a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 055468N15, de 10 de julio de 2015.
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