Contraloría General de la República · N° 043990N15
Dictamen N° 43.990, de 2 de junio de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 43.990 Fecha: 02-VI-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del epígrafe, mediante los cuales se aprueban los convenios celebrados entre el SENCE y el Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS) y el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), respectivamente, para la ejecución del Programa Más Capaz Mujer Emprendedora, por encontrarse ajustados a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la obligación de restituir los saldos no utilizados o ejecutados que dispone la cláusula décimo quinta de los acuerdos de voluntades en estudio, regula también el reintegro de aquellos caudales no rendidos, u observados. Asimismo, resulta procedente indicar que esta obligación debe cumplirse dentro de un término prudencial, correspondiendo que el SENCE ejerza todas las acciones que resulten necesarias al efecto, a fin de resguardar la correcta utilización de los recursos fiscales cuya transferencia se autoriza. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de las resoluciones del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 043990N15, de 2 de junio de 2015.
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