Contraloría General de la República · N° 077269N16
Dictamen N° 77.269, de 20 de octubre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 77.269 Fecha: 20-X-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que declara exonerado político y concede pensión no contributiva por gracia a don Humberto Segundo Del Valle Carrasco, RUN N° 6.247.805-5, exfuncionario de la Corporación de Servicios Habitacionales, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que la pensión que se otorga al interesado a contar del 1 de junio de 2016, debe ascender a $ 187.590 mensuales, suma que corresponde al monto mínimo de la ley N° 19.582 para eximponentes del antiguo Servicio de Seguro Social, régimen previsional al que estaba afecto el señor Del Valle Carrasco a la fecha de su exoneración, y no la suma que se fija en esta oportunidad. Por otra parte, resulta necesario señalar que esa secretaría de Estado, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s. 65.301, de 2015, y 44.759, de 2016, de este Órgano Fiscalizador, o bien imprimir por ambos lados. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 077269N16, de 20 de octubre de 2016.
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La pensión no contributiva por gracia debe solicitarse dentro de dos años desde el fallecimiento del causante y su saldo insoluto prescribe a los cinco años. La sucesión tiene derecho al pago solo de las mensualidades de los cinco años anteriores al fallecimiento.
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