Contraloría General de la República · N° 009962N10
Dictamen N° 9.962, de 22 de febrero de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 9.962 Fecha: 22-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Carmen llse Sasso Olivares, (Rut N°4.854.865-2), actualmente pensionada del Instituto de Previsión Social, para solicitar la condonación de la suma de $ 2.040.478, por concepto de diferencias producidas entre las pensiones indebidamente percibidas, por el período comprendido entre el 10 de noviembre de 2005 y el 31 de mayo de 2008. Al respecto, esta Entidad Fiscalizadora, cumple con manifestar que no es posible acceder a lo solicitado, toda vez que, en la especie resulta inaplicable el artículo 67 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, pues la peticionaria no reviste la calidad de funcionaria pública. Por otra parte, cumple con informar, en armonía con lo manifestado mediante el oficio N° 30.973, de 2009, de esta Entidad de Fiscalización, que el artículo 3° del decreto ley N° 3.536, de 1980, establece que la facultad para condonar la restitución de las sumas percibidas por concepto de prestaciones de seguridad social erróneamente concedidas, corresponde a los jefes superiores de las instituciones de previsión social, según proceda resolver, a petición expresa de cada interesado, siendo actualmente el Instituto de Previsión Social, la entidad a la que le compete su ejercicio. En consecuencia, se remiten a ese Organismo los antecedentes pertinentes, para los efectos de su conocimiento y resolución. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 009962N10, de 22 de febrero de 2010.
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