Contraloría General de la República · N° 005383N17
Dictamen N° 5.383, de 13 de febrero de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 5.383 Fecha: 13-II-2017 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, que modifica el decreto N° 281, de 2001, de la singularizada secretaría de Estado -que aprueba reglamento que fija los procedimientos de cálculo para el cobro de los derechos por utilización del espectro radioeléctrico-, en el sentido de establecer el modo de efectuar dicho cálculo para aquellos casos en que, por aplicación de lo previsto en el inciso cuarto del artículo segundo transitorio de la ley N° 20.750, deba replicarse íntegramente en la señal principal digital del medio radioeléctrico asignado, la programación transmitida a través de la señal analógica actual. Lo anterior, pues lo expresado en la letra c) del considerando del acto que se analiza, según la cual “resulta necesario regular el tratamiento que, desde la perspectiva de los derechos de uso del espectro radioeléctrico, tendrá la simultaneidad de transmisiones analógica y digital de una misma señal durante el periodo transitorio de simulcast”, no guarda armonía con lo manifestado en la nota técnica, de 9 de enero de 2017, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, remitida mediante correo electrónico el día 12 de igual mes, en cuanto indica que dicha repartición “se inclina por estimar que no procede el pago de derechos de uso del espectro respecto de las transmisiones en digital y en la banda UHF del mismo contenido de la señal analógica -de la cual aquélla es espejo- durante el periodo de simulcast y hasta el apagón analógico”. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 005383N17, de 13 de febrero de 2017.
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