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Contraloría General de la República · N° 022199N17

Dictamen N° 22.199, de 16 de junio de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 22.199 Fecha: 16-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Artemio Riquelme Toro, reclamando que el Instituto de Previsión Social le ha negado el derecho a acceder a una pensión por vejez en el régimen de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, en atención a que no sería posible obtener antecedentes relativos a uno de sus exempleadores, pertenecientes al sector privado. Sobre el particular, cabe manifestar, en armonía con lo expresado en los dictámenes N os 58.139, de 2014 y 88.946, de 2016, de esta procedencia, que el organismo competente para conocer y resolver esta materia es la Superintendencia de Pensiones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 47 y 48 de la ley N° 20.255. Lo anterior, por cuanto esta Institución Fiscalizadora no interviene en el otorgamiento de prestaciones relacionadas con los trabajadores del sector privado, salvo que exista concurrencia del Fisco, lo que no acaece en la especie. En razón de lo expuesto, no es posible conocer el requerimiento expuesto por el señor Riquelme Toro, remitiendo los antecedentes a la Superintendencia de Pensiones. Transcríbase a la Superintendencia de Pensiones. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 022199N17, de 16 de junio de 2017.

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