Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 027017N13

Dictamen N° 27.017, de 3 de mayo de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 27.017 Fecha: 03-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Fiscal del Ministerio de Obras Públicas, para solicitar un pronunciamiento que determine si procede remunerar a don Felipe Herrera Urrutia y don Pedro Nahuelcar Parra, empleados de la Dirección General de Aguas que se encuentran desaparecidos como consecuencia de un accidente, mientras no se declare su muerte presunta. Sobre el particular, cabe señalar que, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que los servidores que nos ocupan fueron declarados muertos presuntivamente a contar del día 15 de abril de 2012, razón por la cual la última repartición citada dispuso el cese de estos a partir del 16 del mismo mes y año, enterando los emolumentos correspondientes a dicha mensualidad. En relación con lo anterior, es útil recordar que, según prescribe el artículo 114 de la ley N° 18.834, cuando un funcionario fallezca, el cónyuge sobreviviente, los hijos o los padres, en el orden señalado, tendrán derecho a percibir la remuneración que a este le correspondiere, hasta el último día del mes en que ocurrió el deceso. De esta manera, en virtud de lo expuesto, y teniendo presente, según consta de la documentación examinada, que la Dirección General de Aguas solo pagó las rentas de los señores Herrera Urrutia y Nahuelcar Parra, hasta la data prevista en el mencionado Estatuto Administrativo, lo que se encuentra ajustado a la normativa antes aludida, esta Entidad de Control entiende que resulta actualmente innecesario emitir el pronunciamiento solicitado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 027017N13, de 3 de mayo de 2013.

Artículos que cita

Más sobre Cese de Funciones, Vacancia y Retiro

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D390

    La desvinculación de docentes del tramo inicial o temprano que no avanzan de tramo en dos procesos consecutivos debe hacerse efectiva desde el 1 de julio del año respectivo, tras la resolución que fija el tramo, y no al término del año escolar.

  • 23 de julio de 2026

    Dictamen N° D359

    La ley N° 21.735 eliminó el carácter de exclusiva confianza del personal de la Superintendencia de Pensiones, por lo que su cese ya no puede fundarse en la pérdida de confianza. Los de planta se rigen por la ley N° 18.834 y los a contrata mantienen su naturaleza transitoria, requiriendo un acto administrativo fundado para su término anticipado.

  • 1 de julio de 2026

    Dictamen N° D344

    El requerimiento de la exministra de Seguridad Pública a la PDI excedió sus atribuciones legales y vulneró su deber de abstención, pues pidió datos sensibles de funcionarios vinculados a una investigación en curso. La desvinculación de la Prefecta General y la supuesta disolución de la Unidad Estratégica se ajustaron a derecho.

Todos los pronunciamientos sobre Cese de Funciones, Vacancia y Retiro

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium