Contraloría General de la República · N° 031862N10
Dictamen N° 31.862, de 14 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 31.862 Fecha: 14-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Otilia del Carmen Arata Campodónico, ex funcionaria de la Casa de Moneda de Chile, para reclamar por el supuesto extravío de la solicitud presentada a su ex empleador, para efectos de la obtención del bono post laboral regulado en la ley N° 20.305. Sobre el particular, cabe señalar, que en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.309, se autorizó al Fisco de Chile y a la Corporación de Fomento de la Producción a constituir una sociedad anónima denominada Casa de Moneda de Chile S.A., la que, conforme a su artículo 6°, es la continuadora legal de la Casa de Moneda de Chile y se rige, a contar del 1 de junio de 2009, por las normas de las sociedades anónimas abiertas, quedando sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, sin que la indicada sociedad anónima forme parte de aquellos organismos que conforman la Administración del Estado, ello según el dictamen N° 28.511, de 2009, por lo que las competencias de esta Entidad de Control respecto de esta nueva empresa, quedaron limitadas a ciertas materias. En efecto, se debe hacer presente que el artículo 16, inciso segundo, de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, sólo faculta a esta entidad para fiscalizar, en lo que interesa, a las empresas, sociedades o entidades públicas o privadas, en que el Estado o sus empresas u organismos que señala tengan la participación que indica, exclusivamente para cautelar el cumplimiento de los fines de esas empresas, sociedades o entidades, la regularidad de sus operaciones, hacer efectivas las responsabilidades de sus directivos o empleados, y obtener la información o antecedentes necesarios para formular un Balance Nacional, materias ajenas a aquella que se consulta, por lo que no resulta posible que esta Entidad de Control emita el pronunciamiento solicitado. En todo caso, y sin perjuicio de las facultades que sobre la materia le asisten a la Superintendencia de Pensiones, de conformidad con lo previsto en la citada ley N° 20.305, cumple con anotar que de los antecedentes aportados y los que posee esta Entidad de Fiscalización, aparece que la interesada revistió la calidad de funcionaria de la Casa de Moneda de Chile, hasta el 24 de febrero de 2008, data de su renuncia, sin que se logre acreditar lo aseverado por ésta, en cuanto a la efectividad de la presentación y data del requerimiento para efectos de la percepción de la bonificación que reclama. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 031862N10, de 14 de junio de 2010.
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