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Contraloría General de la República · N° 093621N15

Dictamen N° 93.621, de 25 de noviembre de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 93.621 Fecha: 25-XI-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 80, de 2015, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile, que reconviene con un llamado de atención a los funcionarios, señores Marcos Eduardo Pomar Cisternas y Francisco José Pizarro Dasso, y a las señoras Andrea Loreto Campusano Muñoz y Romina Andrea Parraguez Robles, al término del sumario administrativo ordenado instruir en el Informe Final N° 49, de 2012, de este origen, para establecer las eventuales responsabilidades disciplinarias de los empleados de esa dirección que no registraron las modificaciones efectuadas en la ejecución de los contratos de reposición de los retenes de Pintué, Champa y Loica. Al respecto, es dable anotar, por una parte, que de conformidad con lo establecido en el artículo 58 de la orden general N° 1.957, de 2010, de la Dirección General, Directiva del Personal Contratado por Resolución -calidad de aquellos servidores-, quienes infrinjan sus obligaciones o deberes funcionarios incurrirán en responsabilidad administrativa y serán sancionados y, por otra, que según lo previsto en el artículo 59, inciso primero, de esa directiva, las medidas que pueden aplicarse son la censura o la destitución, lo que no ocurrió en la especie. En este contexto, debe añadirse, que si bien el mencionado artículo 59, en su inciso segundo, permite reconvenir con un llamado de atención, no se advierte que este revista el carácter de sanción disciplinaria. De esta manera, la decisión adoptada por la pertinente autoridad de Carabineros de Chile, no se condice con el mérito del proceso, en el cual se acreditó la existencia de responsabilidad de los aludidos funcionarios, de modo que la resolución en estudio, no se ajusta a la juridicidad. En atención a lo expuesto, se representa el instrumento individualizado en la suma. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 093621N15, de 25 de noviembre de 2015.

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