Contraloría General de la República · N° 053268N16
Dictamen N° 53.268, de 18 de julio de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 53.268 Fecha: 18 -VII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Erika del Carmen Hernández Soto, exfuncionaria de Carabineros de Chile, impugnando su calificación correspondiente al año 2005, en la cual fue incluida en Lista N° 4, de Eliminación. Al respecto, cabe señalar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de ese organismo policial, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene, en lo pertinente, que los empleados de dicha entidad ubicados en esa nómina -como sucedió con la interesada-, pueden requerir la revisión de su evaluación siempre que interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante este Órgano Fiscalizador, dentro del plazo fatal de un año contado desde el retiro, exigencia que no se cumple en la especie. En efecto, en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la desvinculación de la señora Hernández Soto se produjo a partir del 1 de enero de 2006, por haber sido incorporada en la mencionada lista, reclamando de ello ante esta Contraloría General el día 8 de julio de 2016, esto es, una vez transcurrido el anotado término de un año, por lo que se desestima su pretensión. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 053268N16, de 18 de julio de 2016.
Más sobre calificaciones
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
-
La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.