Contraloría General de la República · N° 002242N15
Dictamen N° 2.242, de 12 de enero de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 2.242 Fecha:12-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Raúl Bustamante Llegues, abogado, en representación de don Cristián Salinas Becerra, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de la calificación de su mandante correspondiente al año 2014, en la cual fue incluido, por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, la que, en opinión de ese organismo, se conformaría a la normativa que rige la materia. En primer término, en cuanto a su disconformidad con la valoración dada al trabajo del interesado, es dable indicar, tal como se precisó en los dictámenes N os 70.379, de 2011 y 53.445, de 2013, de esta procedencia, entre otros, que la facultad de esta Entidad Fiscalizadora para revisar las calificaciones se refiere a la posible existencia de arbitrariedades o vicios de legalidad que pudieran configurarse en sus diferentes etapas y no sobre las apreciaciones técnicas, idoneidad o eficiencia en el desempeño de un determinado servidor. Luego, en relación a la falta de fundamento de los acuerdos de los órganos evaluadores, es menester anotar que de su revisión, aparece que en éste se exponen los motivos concretos y circunstancias precisas que justifican las notas asignadas, pues menciona de qué manera las sanciones impuestas al funcionario permitieron otorgar el puntaje conferido a los diversos rubros analizados, por lo que se rechaza esta alegación. En consecuencia, cabe concluir que la calificación del señor Cristián Salinas Becerra, se ajustó a derecho. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 002242N15, de 12 de enero de 2015.
Más sobre calificaciones
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
-
La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.