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Contraloría General de la República · N° 020015N16

Dictamen N° 20.015, de 14 de marzo de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 20.015 Fecha: 14-III-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Álvaro Jofré Rojas, exdocente de la Municipalidad de Santiago, para solicitar el bono establecido en la ley N° 20.305, el que le ha sido negado en reiteradas ocasiones, en circunstancias que, según su opinión, esta bonificación debió ser concedida en forma automática. Requerido su informe, la citada entidad edilicia manifiesta que el recurrente no obtuvo el beneficio que reclama, debido a que no lo pidió en el plazo definido para ello. Al respecto, cabe señalar que el artículo quinto transitorio de la ley N° 20.305, dispone que las personas que hayan finalizado su relación laboral, en los términos que prevé, en alguna de las calidades y organismos contemplados en el inciso primero de su artículo 1°, entre el 14 de noviembre de 2003 y la época en que comience a regir ese texto legal -esto es, el 1 de enero de 2009-, tendrán derecho al bono que esa normativa otorga en sus artículos permanentes, siempre que cumplan las exigencias que indica. Entre otros requisitos, el inciso tercero de la citada disposición establece que el beneficio en estudio debía solicitarse, ante la institución en la cual se hubiere cesado, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.305, y dentro de los 12 meses siguientes a esa data -esto es, hasta el 1 de enero de 2010-, agregando que, si los interesados no presentan su postulación en ese lapso, se entiende que renuncian a la bonificación en comento. Pues bien, de los documentos tenidos a la vista, aparece que el señor Jofré Rojas cesó el 1 de abril de 2008, sin que se tengan antecedentes de que hubiese efectuado la aludida solicitud en el plazo expuesto, por lo que corresponde concluir que no tiene derecho al bono que otorga la ley N° 20.305, debido a que no lo requirió dentro del periodo fijado para ello en la mencionada normativa. Transcríbase a la Municipalidad de Santiago. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 020015N16, de 14 de marzo de 2016.

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