Contraloría General de la República · N° 045489N10
Dictamen N° 45.489, de 10 de agosto de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 45.489 Fecha: 10-VIII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Olivia Fernández López, profesional de la salud, quien se desempeñaba en el consultorio Elgueta, dependiente de la Corporación Municipal de Melipilla para la Educación y Salud, reclamando del mérito y legalidad de la medida disciplinaria de destitución que dicha Corporación le aplicó al finalizar un sumario instruido en su contra. Sobre el particular cabe señalar, que las Corporaciones Municipales son organismos de derecho privado, sin fines de lucro, creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, y regidas por el título XXXIII del Libro I del Código Civil, razón por la cual no es posible considerarlas como órganos integrantes de la Administración del Estado, y el personal que labora en ellas, no reviste la condición de funcionarios municipales, sino de trabajadores particulares. Atendido lo precedentemente expuesto, la jurisprudencia administrativa de este Órgano Fiscalizador ha concluido, en el dictamen N° 36.880, de 2009, entre otros, que corresponde a la Dirección del Trabajo la fiscalización de las relaciones laborales existentes al interior de las Corporaciones Municipales, esto es, el conjunto de vínculos personales y patrimoniales que ligan a un empleador y trabajador, generador de derechos y obligaciones recíprocas, concepto que incluye un eventual término de la relación jurídica. En consecuencia, en conformidad con las consideraciones anotadas, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 045489N10, de 10 de agosto de 2010.
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