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Contraloría General de la República · N° 038796N13

Dictamen N° 38.796, de 19 de junio de 2013

Texto del pronunciamiento

N°38.796 Fecha:19-VI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Gustavo Valverde Moreno, funcionario del Hospital San José de Melipilla, para reclamar en contra de la decisión adoptada por la autoridad, en cuanto a denegarle la acumulación del feriado del año 2012, aduciendo que ya habría hecho uso de ese derecho. Requerida de informe, la dirección del aludido recinto de salud manifestó, en síntesis, que el interesado no realizó el trámite por el que se consulta. Como cuestión previa, es del caso hacer presente que el dictamen N° 3.652, de 2012, de este origen -emitido a partir de una solicitud del ocurrente para que se le reconociera su feriado legal en los términos allí expuestos-, determinó que este último tenía derecho al descanso del año 2011, beneficio del que, según consta de los antecedentes tenidos a la vista, disfrutó durante el 2012, quedando pendiente, por ende, el de esta última anualidad. Atendido lo expresado en el citado pronunciamiento, el peticionario consultó al servicio acerca de la posibilidad de acumular el feriado correspondiente al año 2012, comunicándosele que ello no era posible puesto que ya había agotado los días a los que tenía derecho durante ese mismo periodo, lo que lo indujo a no solicitar expresamente la referida acumulación, como lo exige el artículo 104 de la ley N° 18.834. Precisado lo anterior, es dable afirmar que la omisión en que incurrió el requirente se debió a que la información que le proporcionó la superioridad fue errada -pues, como se anotó, el feriado del que gozó el señor Valverde Moreno correspondía al del año 2011 y no al 2012-, anomalía que configura una justa causa de error en los términos exigidos por el dictamen N° 59.273, de 2012, de esta Entidad Fiscalizadora, y que, por tanto, no le puede provocar un perjuicio al indicado servidor, el que actuó de buena fe y en el convencimiento de haber obrado legítimamente. En consecuencia, procede que la autoridad regularice la situación del afectado, y disponga la acumulación de los días que no pudo disfrutar en la anualidad 2012 para el presente año. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 038796N13, de 19 de junio de 2013.

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