Contraloría General de la República · N° 043010N17
Dictamen N° 43.010, de 7 de diciembre de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 43.010 Fecha: 07-XII-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, que aplica la medida de destitución al señor que indica y de amonestación por escrito a la persona que señala, funcionarios de la Dirección de Aeropuertos, por las razones que a continuación se indican. Al respecto, cabe anotar que del examen de la referida investigación, aparece que uno de los hechos por los cuales se le formuló cargos y sancionó al señor que indica dice relación con el mal uso que hizo de un vehículo fiscal, al emplearlo un día sábado para realizar actividades particulares, conducta que podría configurar una infracción al decreto ley N° 799, de 1974, que regula el uso y la circulación de los vehículos estatales, cuyo artículo 11 previene que compete a este Organismo Fiscalizador hacer efectiva la responsabilidad de quienes contravengan dicha preceptiva, pudiendo el Contralor General delegar en el respectivo servicio la facultad en comento, lo que no consta haya ocurrido en la especie. Por consiguiente, se ha procedido a obtener copia de los antecedentes pertinentes del referido proceso, los que se remitirán a la Unidad de Sumarios de la Fiscalía de esta Contraloría General, para los efectos de que sirvan como auto cabeza de la correspondiente investigación. Asimismo, cumple con señalar que no se advierte en el sumario en análisis, la existencia de la resolución exenta del trámite de toma de razón que determina el castigo a imponer al señor que señala y en contra de la cual proceden los recursos contemplados en el artículo 141 de la ley N° 18.834, diligencia previa a la emisión del acto de término, y cuya omisión afecta el derecho a defensa del inculpado, conforme con lo expresado por el dictamen N° 15.067, de 2017, de este origen, entre otros. En consecuencia, se representa el acto de la suma, a fin de que ese servicio adopte las medidas destinadas a subsanar los vicios expuestos. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 043010N17, de 7 de diciembre de 2017.
Artículos que cita
Más sobre Medidas Disciplinarias
-
La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría aclara que las corporaciones municipales son entidades privadas cuyos empleados no son funcionarios públicos, por lo que no les aplican los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336. Concluye rechazando la reconsideración solicitada por CORMUMEL.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.