Contraloría General de la República · N° E532912N24
Dictamen N° E532912, de 28 de agosto de 2024
Sumario
La Contraloría toma razón del decreto que promulga las enmiendas al Convenio sobre Control de Sistemas Antiincrustantes, con el alcance de que la información sobre la entrada en vigor del tratado debe incluirse en la parte dispositiva del decreto y no solo en sus considerandos.
Texto del pronunciamiento
N° E532912 Fecha: 28-VIII-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que promulga “Enmiendas al Convenio Internacional sobre Control de los Sistemas Antiincrustantes Perjudiciales en los Buques 2001”. No obstante, cumple con hacer presente que en atención a que el artículo 54, numeral 1), inciso noveno, de la Constitución Política de la República dispone que “deberá darse la debida publicidad a los hechos que digan relación con el tratado internacional”, entre ellos, su entrada en vigor, en lo sucesivo esa información deberá incorporarse en la parte dispositiva del respectivo decreto promulgatorio, y no solo en sus considerandos como acontece en el acto de la especie (aplica oficio N° E527954, de 2024, de este origen). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República (S). GRACIELA LEPE URIBE Subjefa de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E532912N24, de 28 de agosto de 2024.
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