Contraloría General de la República · N° 009898N20
Dictamen N° 9.898, de 12 de junio de 2020
Texto del pronunciamiento
N° 9.898 Fecha: 12-VI-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Junta Nacional de Jardines Infantiles, JUNJI, formulando diversas consideraciones acerca de lo señalado a través del dictamen N° 1.199, de 2019, de este origen, dirigido a ese servicio. Como cuestión previa, cabe manifestar que a través del aludido pronunciamiento este Organismo de Control atendió la presentación formulada por doña Ilia García Díaz, en representación de Seigard Chile S.A., concluyendo que la JUNJI no se ajustó a lo previsto en la ley N° 19.886 y a su reglamento al rechazar los productos entregados por esa empresa, que había sido seleccionada en la gran compra, por no corresponder estos a una marca específica. Añade ese dictamen que el servicio debe adoptar las medidas tendientes a la recepción de los productos entregados por la singularizada sociedad. Al respecto, en esta oportunidad la JUNJI señala que en la intención de compra de los procesos de grandes compras ID N°s. 32.806 y 32.815, a los que refiere el dictamen que cuestiona, se explicitó que las especificaciones técnicas de los elementos del material de enseñanza a adquirir se encontraban disponibles en el catálogo electrónico publicado en el portal de mercado público, por lo que el proveedor debía revisar los productos requeridos y sus características a fin de formular su oferta. Añade, que la anotada empresa, al efectuar la postulación al proceso de gran compra ID N° 32.806, indicó que la totalidad de sus productos en cada línea ofertada eran originales, por lo cual se entendió que el proveedor había ofertado un producto que cumplía con las características especificadas en la correspondiente ficha técnica publicada en el aludido portal . Enseguida, manifiesta que al recibir los productos se advirtieron diferencias entre lo requerido y lo entregado. En este contexto, procede manifestar que, analizada la presentación efectuada por la JUNJI, se advierte que esta no aporta nuevos antecedentes o elementos de juicio que permitan modificar lo señalado a través del dictamen cuestionado, por cuanto las diferencias a que alude se refieren a que las marcas de los productos entregados no coinciden con las del ID referencial indicado en la intención de compra, por lo que los califica como no originales. Luego, considerando que no resulta procedente exigir marcas específicas en los procesos de selección de la ley Nº 19.886, corresponde que ese servicio adopte las medidas tendientes a la recepción de los bienes entregados por la empresa Seigard Chile S.A., para lo cual no deberá considerar las marcas de estos. Cabe añadir, en todo caso, que como ya se puntualizó en el dictamen N° 1.199, antes citado, la recepción conforme de los referidos productos solo podrá llevarse a cabo si ellos cumplen con los requerimientos específicos señalados en la correspondiente intención de compra. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 009898N20, de 12 de junio de 2020.
Más sobre Convenio Marco y Grandes Compras
-
La Contraloría concluye que la Dirección del Trabajo podía fijar un plazo máximo de entrega de cuatro días como criterio de evaluación en la gran compra, por lo que desestima el reclamo.
-
La Contraloría concluye que el SBAP asignó correctamente el puntaje a la oferta técnica de Proyec TI SpA, pues su propuesta transcribía literalmente los términos de referencia y no detallaba cómo abordaría los aspectos solicitados, ciñéndose a las bases. Solo ordena consignar en futuras actas los motivos de los puntajes.
-
La Contraloría concluye que la DCCP actuó correctamente al declarar inadmisible la oferta de J-Dech por no adjuntar las resoluciones sanitarias exigidas en las bases, sin obligación de pedir aclaraciones, y desestima el reclamo.
Todos los pronunciamientos sobre Convenio Marco y Grandes Compras
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.