Contraloría General de la República · N° 024932N10
Dictamen N° 24.932, de 11 de mayo de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 24.932 Fecha: 11-V-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General, doña Ana Luisa Moreno Pérez, para requerir el pago del desahucio a que estima tener derecho en su calidad de ex Auxiliar, grado 22 de la Escala Única de Sueldos, más 2% de bienios con desempeño en el Hospital Regional de Concepción. Al respecto, cumple manifestar que no procede acceder a lo solicitado, en atención a que ya fue otorgado dicho desahucio, mediante liquidación Giro N° 22.817 de 1988, como ex Auxiliar de Servicios, grado 30 del citado nivel remuneratorio más 8% de bienios, por un monto de $ 119.650, equivalente a 10 mensualidades, (adjunta fotocopia), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la ley N° 18.681, que otorgó a los trabajadores afectos al régimen establecido en los artículos 102 y siguientes del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, la opción de destinar la cantidad total que les correspondía por ese concepto a la compra de acciones de propiedad de la Corporación de Fomento de la Producción. Ahora bien, de acuerdo con lo dispuesto en el citado cuerpo legal, una vez ejercida la opción de utilizar el beneficio indemnizatorio para los fines mencionados, y a contar del día primero del mes siguiente al de la fecha en que esta Contraloría General emitió la liquidación pertinente, cesó la obligación de la interesada de continuar cotizando al Fondo de Desahucio, dejando de estar afecta a las disposiciones que sobre el particular contempla el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, aun cuando siguiera desempeñándose en el mismo Servicio. En consecuencia, se devuelven los antecedentes adjuntos por no ajustarse a derecho dicha solicitud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 024932N10, de 11 de mayo de 2010.
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