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Contraloría General de la República · N° 056116N10

Dictamen N° 56.116, de 23 de septiembre de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 56.116 Fecha: 23-IX-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Daniel Padilla Torres, ex funcionario de la Municipalidad de Renca, solicitando que se le reincorpore a su función dentro del municipio, mientras se encuentra pendiente el reclamo que interpusiera ante este Ente de Control -en virtud de lo dispuesto en el artículo 156, de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales-, en contra de la medida de destitución que se le aplicara por decreto N° 2.682, de 2009, por cuanto, a su juicio, dicha medida no se ajustaba al mérito del sumario, reclamando además el correspondiente pago de remuneraciones y la revisión de su reclamación por parte de esta Entidad Fiscalizadora. En primer término, cabe hacer presente que, de acuerdo a la constante y uniforme jurisprudencia de esta Contraloría General, contenida en los dictámenes N° s 46.174, de 2007, y 40.607, de 2008, entre otros, la interposición de la reclamación ante este Ente de Control prevista en el artículo 156 de la ley N° 18.883, en contra de medidas disciplinarias que se aplican en los procesos sumariales incoados en los municipios, no suspende los efectos del acto impugnado, de manera que ellos rigen desde su notificación al afectado. En este contexto, es dable señalar que la medida expulsiva, en la especie, produjo sus efectos desde el momento en que le fue notificada válidamente al señor Padilla Torres, por lo que no resulta procedente reincorporarlo a sus antiguas funciones, ni pagarle remuneración alguna por los conceptos que éste alega en su reclamación, mientras se encontraba pendiente su reclamación en contra del decreto N° 2.682, de 2009, ante esta Contraloría General. Además, cumple indicar que esta Entidad Contralora, a través del oficio N° 14.375, de 2010, atendiendo el aludido reclamo, señaló, en síntesis, que tanto la sanción como el procedimiento disciplinario instruido en contra del señor Padilla Torres se encontraban ajustados a derecho, desestimándolo en definitiva. En consecuencia, y atendido lo expuesto anteriormente, se rechaza la solicitud del señor Padilla Torres. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 056116N10, de 23 de septiembre de 2010.

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