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Contraloría General de la República · N° 007451N10

Dictamen N° 7.451, de 9 de febrero de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 7.451 Fecha: 9-II-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Ciro Enrique Muñoz Aravena, RUN N° 4.656.990-3, para solicitar el pago del desahucio a que estima tener derecho en su calidad de ex Auxiliar grado 21° de la Escala Única de Sueldos, del Hospital Barros Luco Trudeau. Al respecto, cumple manifestar que no procede acceder a lo solicitado, en atención a que mediante Liquidación Giro N° 23.880, de 1988, ya se concedió a la citada persona este beneficio indemnizatorio, en su calidad de Auxiliar grado 27° de la Escala Única de Sueldos, mas 16% de bienios del Servicio de Salud Metropolitano Sur, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la ley N°18.681, que otorgó a los trabajadores afectos al régimen de desahucio establecido en los artículos 102 y siguientes del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, la opción de destinar la cantidad total que les correspondía por ese concepto a la compra de acciones de propiedad de la Corporación de Fomento de la Producción, dejando de estar afectos a las disposiciones que sobre desahucio contemplaba el referido cuerpo legal. Por lo tanto, procede únicamente en conformidad con lo concluido por este Organismo de Control en sus dictámenes N°s 66.467, de 1969; 6.799, de 1995; 5.696, de 2003; 50.713, de 2004 y 54.937, de 2009, entre otros, la restitución de las cantidades cotizadas indebidamente, si así hubiese ocurrido, por el período comprendido entre octubre de 1988 y diciembre de 2008, una vez que se adjunte una relación detallada, mes a mes, de los descuentos efectuados por tal concepto, extendida por el Servicio inicialmente citado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 007451N10, de 9 de febrero de 2010.

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