Contraloría General de la República · N° 017410N15
Dictamen N° 17.410, de 4 de marzo de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 17.410 Fecha: 04-III-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Mauricio Javier Salfate Bringas, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando que se revise la legalidad de su calificación del año 2014, en la cual fue incluido en la Lista N° 4, de Eliminación, la que, en opinión de esa entidad, se ajustaría a la normativa que rige la materia. En primer término, en cuanto a su disconformidad con el hecho de que se hubiese cambiado la evaluación que le otorgó su jefe directo, es dable indicar que el artículo 123, N° 1, del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, previene, en lo pertinente, que a la Junta Calificadora de Méritos le corresponde conocer, estudiar, aprobar o modificar las evaluaciones, por lo que ese cuerpo colegiado, al pronunciarse sobre la del recurrente, y disminuir la puntuación asignada, sin que aquél haya interpuesto una reclamación en su contra, sólo ejerció sus atribuciones, como se señaló, para situaciones similares, en los dictámenes N os 46.136, de 2013 y 95.538, de 2014, de este origen, entre otros. Luego, en lo que atañe a que, a su juicio, cumple con las exigencias que le permitirían ser incorporado en la Lista N° 2, de Satisfactorios, es menester tener presente, con arreglo a lo prescrito en el artículo 118, letra b), N° 2, del citado texto reglamentario, que para figurar en esa nómina se debe acreditar un mínimo de 16 puntos y no tener ninguna apreciación inferior a 2, requisitos que el interesado no satisfizo pues registró 14 puntos y obtuvo nota 1 en los rubros probidad, responsabilidad y conducta. Por consiguiente, cabe concluir que la calificación del señor Mauricio Javier Salfate Bringas, se ajustó a derecho. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 017410N15, de 4 de marzo de 2015.
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