Contraloría General de la República · N° 080157N10
Dictamen N° 80.157, de 31 de diciembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 80.157 Fecha: 31-XII-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña Dolores Georgina del Carmen Pedrals Torres, ex empleada de la antigua Empresa Portuaria de Chile, exonerada política, representada por el señor Jorge Godoy Araya, para solicitar el cumplimiento del dictamen N° 1.782, de 2010, de esta Entidad de Control, por medio del cual se ordenó al Instituto de Previsión Social reliquidar la pensión no contributiva, por gracia, de la que es titular la interesada, en la forma que allí se establece. Requerido de informe, el aludido Organismo Previsional manifestó, en síntesis, que la situación previsional de la reclamante se encuentra en vías de regularización, encontrándose pendiente, por parte del Ministerio del Interior, la dictación del acto administrativo que reliquida la pensión no contributiva, por gracia, de la recurrente. Sobre el particular, resulta pertinente indicar que mediante el referido dictamen N° 1.782, de 2010, de este Órgano Contralor, se estableció que la jubilación de que es titular la peticionaria debía calcularse sobre la base del promedio de las rentas percibidas durante los últimos 12 meses anteriores a su exoneración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 13.023. En cumplimiento del antedicho pronunciamiento, a través de la resolución N° 6.109, de 2010, del Ministerio del Interior, cuya copia se remite a la requirente, se reliquidó el aludido beneficio no contributivo, fijándose correctamente su monto en $ 254.113.-, al mes, desde el 1 de septiembre de 1998, cursada por esta Entidad Fiscalizadora el 14 de diciembre de 2010. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que la situación previsional de la señora Pedrals Torres ha sido regularizada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 080157N10, de 31 de diciembre de 2010.
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