Contraloría General de la República · N° 012015N19
Dictamen N° 12.015, de 3 de mayo de 2019
Texto del pronunciamiento
N° 12.015 Fecha: 03-V-2019 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis Sepúlveda Cifuentes, para solicitar el pago del desahucio al que estima tener derecho como exfuncionario del ex Ministerio del Interior. Sobre el particular, es menester recordar que, de conformidad con lo dispuesto en la letra e) del artículo 30 de la ley N° 18.681, una vez ejercida la opción de utilizar el beneficio indemnizatorio para la compra de acciones de propiedad de la Corporación de Fomento de la Producción, y a contar del día primero del mes siguiente al de la fecha en que esta Contraloría General emitió la liquidación pertinente, cesó la obligación del recurrente de continuar cotizando para el Fondo de Desahucio, quedando, por ende, marginado de las disposiciones que sobre el particular contempla el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, aunque con posterioridad hubiese pasado a desempeñar otro cargo regido por tal normativa, en el mismo u otro servicio público. De este modo, considerando que mediante la liquidación N° 5.890, de 1988, de este origen, se le concedió al recurrente el desahucio como exfuncionario de la Subsecretaría del Interior, cabe concluir que aquel no tiene derecho al pago de un nuevo desahucio, por las labores que cumplió hasta el año 1994 en el ex Ministerio del Interior, según se resolvió, para una situación similar, en el dictamen N° 43.484, de 2011, de este origen. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Diego Cartes Saavedra Jefe de Departamento Subrogante Departamento de Previsión Social y Personal
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 012015N19, de 3 de mayo de 2019.
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