Contraloría General de la República · N° 026848N16
Dictamen N° 26.848, de 11 de abril de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 26.848 Fecha: 11-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Jesica Torrealba Moll, funcionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para reclamar por el hecho de no haber sido designada a contrata en un grado remuneratorio superior al que actualmente posee en su calidad de funcionaria titular, lo que, según indica, le habría sido ofrecido. En su informe, la citada entidad señaló que es facultad del servicio determinar las designaciones a contrata. Como cuestión previa, es menester precisar que, de acuerdo con los registros de esta Entidad de Control, la peticionaria desempeña en dicho organismo, en calidad de titular, un cargo grado 16 de la E.U.S. Precisado lo anterior, resulta útil recordar que, tal como se ha indicado en el dictamen N° 41.558, de 2015, de este origen, compete a la superioridad ponderar la necesidad de efectuar las contratas que se precisen, según sus requerimientos, sin que corresponda a este Organismo Contralor impartir instrucciones en ese aspecto. Así entonces, es posible sostener, en armonía con lo expresado en el dictamen N° 28.847, de 2014, de esta procedencia, que si bien pudo haber existido el ofrecimiento a que alude la peticionaria, ello no se concretó a través del pertinente acto administrativo, por lo que ella sólo gozó de una mera expectativa. Transcríbase a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 026848N16, de 11 de abril de 2016.
Más sobre Contrata, Prórroga y No Renovación
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que, para postular a jefaturas desde una contrata, los tres años previos pueden incluir períodos como titular o suplente si hay continuidad e inmediatez con la contrata posterior.
-
La Contraloría concluye que la no renovación del contrato para 2026 se ajustó a las condiciones pactadas (disponibilidad presupuestaria), sin irregularidades; pero ordena a la Subsecretaría y sus SEREMI usar en lo sucesivo la figura contractual correcta, recurriendo a la ley N° 19.886 solo cuando concurran sus presupuestos.
-
La ley N° 21.735 eliminó el carácter de exclusiva confianza del personal de la Superintendencia de Pensiones, por lo que su cese ya no puede fundarse en la pérdida de confianza. Los de planta se rigen por la ley N° 18.834 y los a contrata mantienen su naturaleza transitoria, requiriendo un acto administrativo fundado para su término anticipado.
Todos los pronunciamientos sobre Contrata, Prórroga y No Renovación
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.