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Contraloría General de la República · N° 046164N13

Dictamen N° 46.164, de 23 de julio de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 46.164 Fecha : 23-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jaime Andrés Jorquera Astete, abogado, en representación de don Valericio Adolfo Salinas Navea, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad del proceso calificatorio de su mandante, correspondiente al año 2011, en el cual fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Requerido su informe, la mencionada entidad manifestó, en síntesis, que esa evaluación se ajustaría a la normativa que rige la materia. Sobre el particular, en cuanto a que los acuerdos de las juntas que ubicaron a su representado en la lista que impugna, no estarían fundados, se debe indicar que este Organismo Fiscalizador, en su dictamen N° 16.825, de 2011, entre otros, señaló que las resoluciones que adopten esos cuerpos colegiados deben enunciar los motivos específicos y circunstancias precisas que han considerado para ponderar el desempeño de un empleado, debiendo existir una concordancia entre el razonamiento emitido y las notas otorgadas, lo que sucedió en la especie. En efecto, del estudio de dichos acuerdos, se advierte que en éstos se contienen los motivos concretos y circunstancias precisas que determinan la rebaja del puntaje conferido a los rubros probidad y responsabilidad, pues expresan de qué manera la sanción aplicada al afectado y los hechos que se señalan, relacionados con diversas actuaciones de aquél, permitieron modificar las notas asignadas a tales rubros, cumpliéndose, por ende, con la exigencia antes anotada. Por consiguiente, cabe concluir que la calificación del señor Valericio Adolfo Salinas Navea, se ajustó a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 046164N13, de 23 de julio de 2013.

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