Contraloría General de la República · N° 048317N10
Dictamen N° 48.317, de 20 de agosto de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 48.317 Fecha: 20-VIII-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Jaime Enrique Ferreira Escobar, ex empleado de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, División El Teniente, exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Sobre el particular, es menester indicar que a través del dictamen N° 56.688, de 2009, de este Organismo de Control, que se ratifica en todas sus partes, se concluyó que la cuantía del beneficio no contributivo concedido al reclamante por medio de la resolución N° 3.513, de 2006, del Ministerio del Interior, por la suma inicial mensual de $121.632.- a contar del 1 de agosto de 2003, correspondiente al mínimo fijado para estos efectos por el inciso duodécimo del artículo 12 de la ley N° 19.234, se encuentra bien calculada. Asimismo, en el aludido oficio se hizo presente al recurrente que aun cuando se aplicara en su caso lo dispuesto en el artículo 27 del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la Ley de Exonerados Políticos, que permite asignarle, como grado de asimilación, el 13 de la Escala Única de Sueldos, ello no incidiría en el valor inicial de la aludida jubilación. Por otra parte, en lo relativo al pago de las utilidades o gratificaciones requeridas por el peticionario, es del caso señalar que, considerando que la desvinculación de la Corporación Nacional del Cobre de Chile del señor Ferreira Escobar ocurrió el 30 de enero del año 1975, a la fecha, cualquier plazo ordinario, extraordinario o especial que pudo favorecerlo para impetrar su cobro, se encuentra latamente cumplido. En consecuencia, en atención a que en esta oportunidad no se acompañaron antecedentes nuevos y distintos a los ya analizados, cabe concluir, una vez más, que el beneficio no contributivo que favorece al señor Ferreira Escobar se ajusta a la normativa que lo regula, sin que proceda el pago de los estipendios que requiere. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 048317N10, de 20 de agosto de 2010.
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