Contraloría General de la República · N° 057251N14
Dictamen N° 57.251, de 28 de julio de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 57.251 Fecha: 28-VII-2014 Por medio de la resolución N° 129, de 2014, de la Subsecretaría de Prevención del Delito, se acepta la renuncia de don Tomás Rojas Serrano, a la plaza a contrata que servía en la Subsecretaría de Prevención del Delito, el cual, por su parte, consulta si el señor Cristián Manríquez Otárola, quien -según afirma-, le habría pedido su dimisión, es servidor de ese organismo y si cuenta con atribuciones para ello. Al respecto, esa entidad informa que el interesado manifestó voluntariamente su decisión de hacer dejación de su empleo. Sobre el particular, es del caso señalar que, según lo expresado en el artículo 148 de la ley N° 18.834, la petición de renuncia procede en el caso de los cargos de exclusiva confianza, naturaleza que no poseía el que ocupaba el requirente, quien se encontraba designado a contrata. Además, según lo prescrito en el mismo precepto, aquélla debe ser solicitada por la autoridad facultada para efectuar el nombramiento, condición que no tenía el señor Manríquez Otárola, ya que, según los registros de esta Contraloría General, ni siquiera posee la calidad de funcionario de la citada subsecretaría, en los que sólo consta la existencia de un contrato a honorarios suscrito con la Subsecretaría del Interior. Precisado lo anterior, es necesario hacer presente que en la documentación acompañada, aparece que el ocurrente presentó su dimisión de manera voluntaria, no existiendo antecedentes que permitan inferir que ello obedece a la solicitud formulada por la persona que él menciona, por lo que se procede a dar curso a la resolución del rubro, por no advertirse vicios que afecten su legalidad. Transcríbase al señor Rojas Serrano y al Área de Personal de la Administración de la División de Personal de la Administración del Estado, de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 057251N14, de 28 de julio de 2014.
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