Contraloría General de la República · N° 006419N14
Dictamen N° 6.419, de 27 de enero de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 6.419 Fecha: 27-I-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Roberto Alfredo Moreno Moreno, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 57.549, de 2013, de este origen, mediante el cual se determinó, por las razones que en ese oficio se señalaron, que su evaluación correspondiente al año 2010, se ajustó a derecho. Al respecto, cabe indicar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa institución policial, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene, en lo pertinente, que los empleados de dicha entidad ubicados, por segunda vez consecutiva, en Lista N° 3, de Observación -como sucedió en el caso del recurrente-, pueden requerir la revisión de su calificación siempre que interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Contraloría General, dentro del plazo fatal de un año contado desde el retiro, exigencia que no se cumple en la especie. En efecto, en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el señor Moreno Moreno fue desvinculado a contar del 26 de octubre de 2011, por haber sido incorporado en la referida nómina, reclamando de ello el día 24 de octubre de 2012, petición que fue rechazada por medio del citado dictamen N° 57.549, de 2013. Luego, con fecha 27 de septiembre de 2013, esto es, vencido el anotado término de un año, pide nuevamente, de modo extemporáneo, el examen de su evaluación, por lo que se desestima su solicitud. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 006419N14, de 27 de enero de 2014.
Más sobre calificaciones
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría concluye que el proceso calificatorio del funcionario se ajustó a la normativa: la subrogancia del jefe directo es válida, no se exige notificar la precalificación ni autoevaluación, y el informe a jefaturas anteriores se solicitó por escrito, sin vicios.
-
La Contraloría concluye que el Servicio de Salud Metropolitano Norte puede emitir lineamientos internos para objetivar la evaluación de cada factor calificatorio, siempre que no cree nuevos factores, requisitos ni ponderaciones y respete la ley. Además, la junta calificadora debe integrarse solo con profesionales funcionarios de mayor jerarquía, excluyendo a quienes no tengan esa calidad.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.