Contraloría General de la República · N° 056456N14
Dictamen N° 56.456, de 24 de julio de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 56.456 Fecha: 24-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la persona individualizada en el rubro, para solicitar, nuevamente, la revisión de su pensión no contributiva que le fue concedida mediante el decreto N° 6.201, de 1999, del ex Ministerio del Interior, y de sus reliquidaciones puesto que, a su juicio, tales montos se deben reajustar anualmente y actualizarse en la forma y condiciones que indica. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar el expediente respectivo, manifiesta, en síntesis, que la pensión de que se trata y sus modificaciones se encuentran correctamente calculadas y reajustadas. Sobre el particular, cumple con manifestar que acorde con el artículo 132 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, el cálculo de la prestación en cuestión se practicó en relación con la última renta imponible estimando como tal la correspondiente al sueldo base del grado 7 de la escala única de sueldos, incrementado con un 28% de asignación de antigüedad, y aplicando lo dispuesto en el artículo 2°, letra b), de la ley N° 18.263, disponiéndose su vigencia a partir del 1 de septiembre de 1994, todo lo cual se regularizó mediante el decreto N° 1.297, de 2008, del ex Ministerio del Interior, y según lo informado por esta Institución Fiscalizadora, en su dictamen N° 36.242, de esa anualidad. Ahora bien, en cuanto a que las diferencias de pensión, originadas por las sucesivas reliquidaciones, se reajusten en la forma indicada por el recurrente, es decir, de modo anual, progresiva y acumulativa, actualizándose a la fecha de su pago efectivo, esta Entidad de Control ya se pronunció al respecto en sus oficios N os. 66.788, de 2010 y 20.274, de 2011, concluyendo que ello no era procedente por no existir norma legal que así lo autorice, criterio que necesariamente debe ratificarse en esta oportunidad. Por lo tanto, se desestima en lo pertinente la petición formulada por el interesado y se devuelven adjuntos sus antecedentes. Transcríbase al Instituto de Previsión Social remitiéndole el expediente acompañado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 056456N14, de 24 de julio de 2014.
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