Contraloría General de la República · N° 026071N17
Dictamen N° 26.071, de 14 de julio de 2017
Texto del pronunciamiento
N° 26.071 Fecha: 14-VII-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que “declara zona seca la ciudad de Cabildo”, el día 16 de julio del año 2017, entre las horas que indica, por cuanto se ajusta a derecho, no obstante lo cual estima necesario formular los siguientes alcances: 1.- En relación con la zona respecto de la cual se dispone esta medida, debe entenderse que en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 19.925, la expresión “ciudad de Cabildo” que utiliza el artículo único del decreto en examen, se refiere a la comuna de la misma denominación. 2.- Es del caso hacer presente que, en armonía con el precepto antes citado y tal como se señalara en el oficio N° 90.906, de 2016, corresponde que, en lo sucesivo, ese ministerio explicite en el mismo acto los fundamentos que motivan la decisión que se adopta, toda vez que el decreto de la especie se limita a invocar “razones de Orden Público” y los oficios alcaldicios en que se solicitó la medida de que se trata. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del documento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 026071N17, de 14 de julio de 2017.
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