Contraloría General de la República · N° 0095526N14
Dictamen N° 95.526, de 9 de diciembre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 95.526 Fecha: 09-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Superintendencia de Pensiones, remitiendo una presentación del señor Luis Wilfredo Sepúlveda Miranda, exonerado político, quien solicita la revisión de su pensión no contributiva. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar un expediente previsional, manifiesta, en síntesis, que no es posible acceder a dicha petición por extemporánea. Sobre el particular, cabe señalar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que por medio de la resolución exenta N° 3.240, de 2001, del ex Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del señor Sepúlveda Miranda, y se le concedió una pensión no contributiva, por un monto mensual de $ 79.776.-, a contar del 1 de septiembre de 1998, la que mantuvo luego de ejercer, en el año 2005, la opción consagrada en el inciso segundo del artículo 2° de la ley N° 19.992. Precisado lo anterior, resulta pertinente advertir que los incisos tercero y cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260, disponen, en lo que interesa, que los beneficios que indica, son revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación, dentro de tres años contados desde su otorgamiento o del respectivo reajuste. En este orden de ideas, y teniendo presente que esta Institución Fiscalizadora mediante el dictamen N° 57.314, de 2004, resolvió una presentación similar del interesado, y que este solo con fecha 19 de octubre de 2012, solicitó nuevamente la revisión de su jubilación, esto es, habiendo transcurrido ocho años, es dable concluir que el término establecido precedentemente se encuentra vencido. Transcríbase al Instituto de Previsión Social, haciéndole devolución del expediente acompañado, y a la Superintendencia de Pensiones. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 0095526N14, de 9 de diciembre de 2014.
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