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Contraloría General de la República · N° 025143N17

Dictamen N° 25.143, de 10 de julio de 2017

Texto del pronunciamiento

N° 25.143 Fecha: 10-VII-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Silvia Robles Lazcano, exfuncionaria del Ejército, reclamando por la decisión de esa autoridad, toda vez que habiéndose generado en ella la confianza legítima de que su contrata iba a ser renovada para todo el año 2017, esa entidad habría adoptado, en un principio la decisión de no prorrogar su designación, determinando, luego, hacerlo parcialmente. En su informe, dicha entidad castrense manifestó, en síntesis, que el acto administrativo a través del cual se resolvió prorrogar parcialmente la contrata de la peticionaria -y de otros empleados de tal organismo-, se conformó con lo señalado en el dictamen N° 85.700, de 2016, toda vez que en aquel instrumento se expresan los motivos tomados en consideración para adoptar la reseñada decisión. Sobre el particular, es menester expresar, en armonía con lo sostenido en el dictamen N° 22.766, de 2016, de este origen, que las continuas renovaciones de las contratas -desde la segunda al menos-, generan en los servidores que se desempeñan sujetos a esa modalidad, la confianza legítima de que tal práctica será reiterada en el futuro, de modo que para adoptar una determinación diversa es menester que la autoridad emita un acto administrativo que explicite los fundamentos que avalan tal decisión, detallando el razonamiento y los antecedentes de hecho y de derecho en que se sustenta, el que, de acuerdo con lo previsto en el citado dictamen N° 85.700, de 2016 -que imparte instrucciones y establece criterios complementarios para la aplicación del indicado dictamen N° 22.766, de 2016- se materializa mediante la emisión de una resolución exenta que debe notificarse al afectado. Al respecto, es menester indicar que en los registros de esta Entidad de Fiscalización, aparece que la recurrente fue designada, bajo la modalidad de a contrata, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2003, disponiéndose sucesivas prórrogas, la última de las cuales terminó el día 31 de diciembre de 2016, generándose, por lo tanto, en la peticionaria la confianza legítima de que su designación se extendería por todo el presente año. Precisado lo anterior, y dando cumplimiento a la jurisprudencia citada, la reseñada institución castrense emitió la resolución exenta reservada N° 1000/25059/8332, de 30 de noviembre de 2016, que dispone la no renovación y renovación parcial de los funcionarios que indica -renovándose parcialmente la contrata de la peticionaria hasta el 31 de marzo de 2017-, acto en el cual expresó, en síntesis, que se procedió a efectuar la reducción de personal a que alude, a través de la no prórroga de designaciones y la renovación parcial, en el caso de otros empleados, con el fin de conformarse con los nuevos estándares presupuestarios y de dotación fijados por el Alto Mando Institucional, atendido que el presupuesto asignado para estos fines disminuyó en un 15%, en relación con el año 2016, lo que determinó la necesidad de declarar algunos cargos prescindibles, lo que constituye el motivo del acto que se objeta. En consecuencia, es posible afirmar que la anotada superioridad dio cumplimiento a los dictámenes N os 22.766 y 85.700, de 2016, de este origen, por cuanto manifestó, mediante el individualizado acto administrativo, los fundamentos de hecho y de derecho que sustentaron la decisión objetada. De este modo, en atención a que esa institución castrense manifestó su decisión de prorrogar parcialmente la designación de la interesada, a través de un acto de carácter positivo y motivado, lo que es armónico con el criterio sostenido en el dictamen N° 22.766, de 2016, de este origen, cabe concluir que la referida determinación no es objetable, por lo que la renovación parcial de la contrata de la señora Robles Lazcano se ajustó a derecho. Transcríbase al Ejército. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 025143N17, de 10 de julio de 2017.

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