Contraloría General de la República · N° 087499N16
Dictamen N° 87.499, de 2 de diciembre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 87.499 Fecha: 02-XII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se expulsa del territorio nacional a la extranjera que indica, por cuanto se ajusta a derecho. Lo anterior, en el entendido que el número del Informe de la Policía de Investigaciones de Chile que se consigna en el considerando 1°, es el que aparece en los vistos. Asimismo, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, esa entidad deberá procurar emitir oportunamente los actos administrativos que adopten tal medida, lo que en la especie ha ocurrido con evidente retraso. Ello, pues el referido informe policial, que da cuenta de la infracción del artículo 3° del decreto ley N° 1.094, de 1975 -lo que configura la causal prevista en el artículo 69 del mismo texto legal-, por parte de la extranjera de que se trata, le fue remitido en el mes de marzo de 2015, mientras que el documento en examen ha sido dictado en noviembre de 2016. La demora señalada implica una infracción al artículo 8° de la ley N° 18.575, que impone a los organismos públicos el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, y también a lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.880, relativo al principio de celeridad. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo singularizado. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 087499N16, de 2 de diciembre de 2016.
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