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Contraloría General de la República · N° 065931N16

Dictamen N° 65.931, de 6 de septiembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 65.931 Fecha: 06-IX-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Sandor Arancibia Valenzuela, solicitando nuevamente un pronunciamiento que reconozca el derecho que, a su juicio, le asistiría para enterar imposiciones por el período servido como regidor, entre los años 1968 y 1971, ello a objeto de reliquidar su pensión no contributiva. Al respecto, cabe señalar, que a través de los dictámenes N°s 80.756, de 2014 y 22.897, de 2015, ambos de este origen, se analizó latamente la situación del interesado, determinándose, en síntesis, que no resulta posible acceder a su petición, por cuanto no cumplió con los requisitos establecidos en la normativa respectiva. Sobre el particular, se debe hacer presente al recurrente que el artículo 31 bis de la ley N° 20.023, que invoca en apoyo de su requerimiento -y cuya mención que debe entenderse referida al artículo 31 bis de la ley N° 17.322, modificada por el texto legal al que alude el peticionario- , no es aplicable en la especie, por cuanto, tal como se desprende de su artículo 1° transitorio, dicha normativa no se encontraba en vigor a la época en que fue derogado el artículo 2° de la ley N° 11.745. En efecto, mediante el artículo 78 de la ley N° 18.899, publicada el 30 de diciembre de 1989, perdió su vigencia, entre otras, la anotada ley N° 11.745, la que en su artículo 2° facultaba a quienes desempeñaban cargos de representación popular para integrar imposiciones en forma retroactiva, como pretende el reclamante. De esta forma, se reitera al señor Arancibia Valenzuela que no procede dar lugar a su solicitud, toda vez que no se acompañan antecedentes que permitan alterar lo resuelto por esta Contraloría General, por lo que se ratifican íntegramente los aludidos dictámenes. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 065931N16, de 6 de septiembre de 2016.

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