Contraloría General de la República · N° 015711N10
Dictamen N° 15.711, de 25 de marzo de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 15.711 Fecha: 25-III-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Oscar Augusto Lavín Araya, ex funcionario de la Municipalidad de Santiago, solicitando se revise el monto de la bonificación de la ley N° 20.135 que recibió con motivo de su retiro voluntario de la aludida entidad edilicia, teniendo en consideración el aumento del sueldo base de los funcionarios municipales dispuesto por el artículo 4° de la ley N° 20.198. Solicitado su informe, la Municipalidad de Santiago manifiesta que liquidó retroactivamente las remuneraciones del período comprendido entre el mes de enero de 2007 y noviembre de 2008, el que fue pagado al interesado con fecha 13 de marzo de 2009, y que en relación al bono de la ley N° 20.135 que percibió el recurrente, éste fue nuevamente calculado el 30 de marzo de 2009, procediendo a pagar la diferencia respectiva. Sobre el particular, es menester tener presente que el artículo 4° de la ley N° 20.198 establece que las municipalidades aumentarán, a contar del 1 de enero de 2007 y del 1 de enero de 2008, respectivamente, el sueldo base mensual de la escala de sueldos del personal municipal, establecido en el artículo 23 del decreto ley N° 3.551, de 1980, en los montos que para cada grado y año allí se indican. Acorde con lo anterior, la jurisprudencia de esta Contraloría General, contenida en el dictamen N° 6.105, de 2009, concluyó que dicho incremento retroactivo de la escala de sueldos del personal municipal -a contar del 1 de enero de 2007- en tanto constituye base de cálculo de otros emolumentos, conlleva el aumento retroactivo de éstos a la indicada fecha, por lo cual el mencionado municipio debió reliquidar las remuneraciones de su personal en la forma que ese pronunciamiento señala. Ahora bien, atendido a lo expresado por la Municipalidad de Santiago, en el sentido de que al señor Lavín Araya se le recalcularon tanto las remuneraciones como el beneficio indemnizatorio que le correspondía teniendo en cuenta el aumento de renta antes descrito, cabe concluir que la determinación del bono de la ley N° 20.135 se efectuó como en derecho corresponde. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 015711N10, de 25 de marzo de 2010.
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